ACUERDO 57 DE 2010
(octubre 6)
Diario Oficial No. 47.874 de 26 de octubre de 2010
CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR
Por la cual se corrige un yerro en el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo 53 de 2010.
EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (CNJSA),
en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 52 de la Ley 643 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo 53 de 2010 el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar discutió y aprobó la evaluación de los operadores del Juego de Lotería Tradicional o de billetes para el período comprendido entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del 2009.
Que por error de digitación en el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo 53 de 2010, se señala que el valor de evaluación del indicador de Gastos de Administración y Operación de la Lotería de la Cruz Roja Colombiana, es 1.21 debiendo ser 93.49, conforme a la información remitida por la Superintendencia Nacional de Salud.
Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en sesión número 34 del 6 de octubre de 2010, discutió y aprobó las razones expuestas anteriormente.
En mérito de lo expuesto este Despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Corregir el yerro contenido en el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo 53 de 2010, en lo que hace referencia al indicador de Gastos de Administración y Operación de la Lotería de la Cruz Roja Colombiana, el cual quedará así:
1. Lotería de la Cruz Roja Colombiana:
Lotería de la Cruz Roja Colombiana
| Indicador | Requerido | Valor de Evaluación | Calificación |
| Gastos de administración y operación | =1 | 93.49 | S |
ARTÍCULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a seis (6) de octubre de 2010.
El Presidente,
CARLOS MARIO RAMÍREZ RAMÍREZ.
La Secretaria Técnica,
GLORIA BEATRIZ GAVIRIA RAMOS.