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ACUERDO 57 DE 2010

(octubre 6)

Diario Oficial No. 47.874 de 26 de octubre de 2010

CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por la cual se corrige un yerro en el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo 53 de 2010.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (CNJSA),

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 52 de la Ley 643 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 53 de 2010 el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar discutió y aprobó la evaluación de los operadores del Juego de Lotería Tradicional o de billetes para el período comprendido entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del 2009.

Que por error de digitación en el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo 53 de 2010, se señala que el valor de evaluación del indicador de Gastos de Administración y Operación de la Lotería de la Cruz Roja Colombiana, es 1.21 debiendo ser 93.49, conforme a la información remitida por la Superintendencia Nacional de Salud.

Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en sesión número 34 del 6 de octubre de 2010, discutió y aprobó las razones expuestas anteriormente.

En mérito de lo expuesto este Despacho

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Corregir el yerro contenido en el numeral 1 del artículo 3o del Acuerdo 53 de 2010, en lo que hace referencia al indicador de Gastos de Administración y Operación de la Lotería de la Cruz Roja Colombiana, el cual quedará así:

1. Lotería de la Cruz Roja Colombiana:

Lotería de la Cruz Roja Colombiana

IndicadorRequeridoValor de EvaluaciónCalificación
Gastos de administración y operación=193.49S

ARTÍCULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a seis (6) de octubre de 2010.

El Presidente,

CARLOS MARIO RAMÍREZ RAMÍREZ.

La Secretaria Técnica,

GLORIA BEATRIZ GAVIRIA RAMOS.

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