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PROYECTO DE ACUERDO 27 de 2008

(…)

Diario Oficial No. 47.072 de 5 de agosto de 2008

COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN

Por el cual se derogan los artículos 4o, 5o y 6o del Acuerdo 01 de 2007.

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 76 y 77 de la Constitución Política, 4o y 5o literales a) y c), 12 literal a) de la Ley 182 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 01 de 2007 reglamenta el deber de informar a la teleaudiencia la parrilla de programación, y se dictan otras disposiciones para la protección de los derechos de los televidentes en los canales de televisión abierta y de programación de producción nacional en el servicio de televisión por suscripción;

Que los artículos 4o, 5o y 6o del citado acuerdo establecen reglas relativas al cumplimiento de la parilla de programación, a sus modificaciones y a las excepciones en la aplicación de dichas reglas;

Que la Junta Directiva en sesión del 22 de julio de 2008, según consta en Acta 1434, determinó derogar los artículos 4o, 5o y 6o del Acuerdo 01 de 2007;

Que observado el trámite previsto en el artículo 13 de la Ley 182 de 1995, la Junta Directiva en sesión del…, según consta en Acta número…,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Derogar los artículos 4o, 5o y 6o del Acuerdo 01 de 2007 expedido por la Comisión Nacional de Televisión.

ARTÍCULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá, D. C., a…

Publíquese y cúmplase.

El Director (E.),

JUAN ANDRÉS CARREÑO CARDONA.

Las observaciones deberán radicarse en la Oficina de Archivo y Correspondencia de la Comisión Nacional de Televisión o enviarse a la dirección electrónica info@cntv.org.co, con destino a la Secretaría General, por el término de quince (15) días calendario a partir de la fecha de su publicación.

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