CIRCULAR 20 DE 2004
(30 marzo)
<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
PARA: Gerentes Empresas Comercializadoras del Servicio de Energía Eléctrica y Alumbrado Público y Representantes Entidades Territoriales y de sus Entes Descentralizados
DE: VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA
ASUNTO: Apropiación Presupuestal y expedición de Paz y Salvo sobre pago de deuda por suministro de energía eléctrica y servicio de alumbrado público, según lo dispuesto en la ley 859 de 2003.
De acuerdo con lo establecido el Artículo 3º de la Resolución 18 1726 del 30 de diciembre de 2003 y teniendo en cuenta la distribución de recursos para el pago de la deuda vigente a junio 30 de 2002, debidamente reconocida y causada por el suministro de energía eléctrica y servicio de alumbrado público a las entidades territoriales, así como a los centros educativos, a las instituciones de salud, a las empresas de acueducto y saneamiento básico, que en su totalidad dependen o estén a cargo de dicha entidades territoriales, establecida en el Artículo 1º de la Resolución 18 0324 del 24 de marzo de 2004, solicitamos a los representante legales de las entidades territoriales y entes descentralizados, realizar el trámite pertinente y necesario, de acuerdo con las normas de presupuesto vigentes, para incorporar el monto requerido, según la resolución mencionada, al presupuesto de su respectiva entidad territorial o ente descentralizado, tanto en el ingreso como en el gasto, sin situación de fondos.
Esta información es necesaria para que las empresas acreedoras, a las cuales se les giran los recursos dispuestos en la Ley 859 de 2003, expidan el correspondiente Paz y Salvo sobre la cancelación de la deuda respectiva.
La información correspondiente a las adiciones presupuestales y respectivos paz y salvos emitidos, de todas las entidades territoriales o entes descentralizados, deberá ser enviados por las empresas acreedoras beneficiarias a la Comisión Nacional de Regalías en un plazo no mayor de 30 días a partir del recibo de los recursos e informar a este Ministerio sobre dicha operación, enviando una relación de la información suministrada.
Atentamente,
(ORIGAL FIRMADO)
MANUEL MAIGUASHCA OLANO
Viceministro de Minas y Energía