Buscar search
Índice format_list_bulleted

CIRCULAR 45 DE 2004

(Julio 9)

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS Y COMERCIALIZADORAS

DE GAS COMBUSTIBLE DISTRIBUIDO POR RED FÍSICA

DE: VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA

ASUNTO: FONDO DE SOLIDARIDAD PARA SUBSIDIOS Y REDISTRIBUCIÓN DE INGRESOS – Nuevos formatos para el reporte de las conciliaciones trimestrales de subsidios y contribuciones.

Con el propósito de ajustar los formatos para el reporte de las conciliaciones trimestrales de subsidios y contribuciones del sector gas a la normatividad vigente, el Ministerio de Minas y Energía - Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos ha diseñado nuevos formatos, los cuales se adjuntan a la presente circular con el respectivo instructivo de diligenciamiento.

 
La conciliación del segundo trimestre de 2004, deberá reportarse en los formatos anteriores y enviarse al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos, para su validación dentro del plazo establecido por el Decreto 201 de 2004, es decir, hasta el 31 de julio de 2004, y en los nuevos formatos, para un ejercicio paralelo, con un plazo hasta el 31 de agosto de 2004.


Las conciliaciones a partir del tercer trimestre de 2004, deberán reportarse en los nuevos formatos dentro del plazo establecido por el Decreto 201 de 2004, es decir, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes al cierre de cada trimestre.

 
MANUEL MAIGUASHCA OLANO

Viceministro de Minas y Energía

×
Volver arriba