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CIRCULAR 1 DE 1998

(enero 7)

Diario Oficial No. 43.216, del 16 de enero de 1998

Para: Representantes Legales de los Entes Prestadores de Servicios Públicos       Domiciliarios.

De: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

<CONTENIDO DE LA CIRCULAR>.

 Asunto: Instrucciones para la cancelación de la contribución

        especial a la SSPD.

Fecha: Santa Fe de Bogotá, D. C.,

A continuación encontrarán algunas instrucciones para la cancelación de la contribución especial correspondiente al año 1998, tanto del anticipo como del saldo resultante entre el anticipo y la liquidación en firme.

El pago correspondiente lo pueden efectuar en cualquiera de las siguientes entidades financieras de esa localidad en donde la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios tiene sus cuentas nacionales, así:

Banco del Estado Cuenta corriente No. 012-07875-4

Bancafé Cuenta empresarial No. 007-99126-8

Banco Ganadero Cuenta corriente No. 060-15671-8

Colmena Cuenta No. 010-735007106-4

Concasa Cuenta No. 045-90947-5

Caja Agraria Cuenta corriente No. 0820-011616-1

En el evento que en su municipio no existan las entidades financieras señaladas el pago lo podrán hacer en el municipio más cercano en donde funcione cualquiera de las mencionadas entidades financieras.

Es requisito incluir en el recibo de consignación, el nombre de la E.S.P., el número de la Cuenta Nacional de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el valor consignado, el número único de identificación de registro (NUIR) asignado a esa E.S.P. por esta Superintendencia, el cual deberán anotar teniendo en cuenta cada formulario de consignación así:

- Para la consignación del Banco del Estado se debe utilizar el formulario de consignación del Banco del Estado consignación en efectivo o en cheque.

El Nuir se debe señalar en el espacio "Concepto".

- Para la consignación de Bancafé se debe utilizar el formulario de consignación Banco Cafetero-cuenta empresarial.

El Nuir se debe señalar en el espacio "Código del Consignante".

- Para la consignación del Banco Ganadero se debe utilizar el formulario de consignación del Banco Ganadero Recaudo Nacional.

El Nuir se debe señalar en el espacio "Código para identificar el depósito".

- Para la consignación en Colmena se debe utilizar el formulario de consignación Colmena-comprobante de recaudo.

El Nuir se debe señalar en el espacio "referencia".

- Para la consignación en Concasa se debe utilizar el formulario de consignación Concasa -consignación empresarial.

El Nuir se debe señalar en el espacio "c.c." ubicado en la parte inferior izquierda del formato.

- Para la consignación en la Caja Agraria se debe utilizar el formulario de consignación de la Caja Agraria - Recaudo Nacional Convenios.

El Nuir se debe señalar en el espacio "Código consignante".

El valor de la contribución especial, deberá ser consignado en efectivo, cheque de gerencia o cheque de cualquier banco del lugar donde se efectúe la consignación. El formulario de consignación debe llenarse preferiblemente a máquina o a mano en letra imprenta legible. Antes de efectuar el pago, revise cuidadosamente su consignación verificando el número de la cuenta de la Superintendencia según la entidad financiera en donde efectúe el pago y el Nuir. El formato lo encontrará en las oficinas de cada entidad financiera. Una vez realizada la consignación, deberá enviar inmediatamente fotocopia de la consignación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Carrera 11A No. 94-46 o por Fax al 623-67-10. Cualquier inquietud que tengan los entes vigilados en relación con el contenido de la presente circular y la Resolución número 000025 del 7 de enero de 1998, será resuelta por la Dirección Financiera de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (doctor Juan Antonio Roa Sánchez, Director Financiero, doctora Liliana Roldán Valens, Jefe Area de Contribuciones, teléfonos 623-32-34 y 623-52-36 de la ciudad Santa Fe de Bogotá, D. C.,

Para efectos de lo establecido en el artículo 37 del Decreto 548 de 1995, la presente Circular se publicará en el Diario Oficial.

Cordialmente,

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

JOSÉ RICARDO TAFUR GONZÁLEZ.

      

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