CIRCULAR 2 DE 1997
PARA: Representantes Legales de las Entidades Prestadoras del Servicio Público Domiciliario de energía eléctrica y de Gas combustible.
DE: Superintendencia Delegada para Energía y Gas.
ASUNTO: Ajuste de tarifas debido a cambio en estratificación socioeconómica de los inmuebles.
FECHA: Santa Fe de Bogotá, D.C.,
Como resultado de los cambios en la estratificación socioeconómica de los inmuebles, los usuarios que pasan de un estrato a otro superior se verán afectados por el incremento de las tarifas.
Para evitar traumatismos y en concordancia con lo establecido por la Resolución CREG 001 de 1997, los ajustes a las tarifas se deberán realizar hasta Diciembre del año 2000, previa solicitud de los Alcaldes Municipales.
Para efectos de lo establecido en el artículo 37 del Decreto 548 de 1995, la presente circular se publicará en el diario oficial.
Cordialmente,
CESAR CORDOBA SALAZAR
Superintendente Delegado para Energía y Gas Combustible