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CIRCULAR EXTERNA 2 DE 2012

(marzo 7)

Diario Oficial No. 48.366 de 8 de marzo de 2012

SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE

<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 1 de 2021>

Para: Representantes Legales, Revisores Fiscales y Contadores de las Sociedades con o sin Ánimo de Lucro que Prestan Servicio Público de Transporte Aéreo, Férreo, Fluvial, Terrestre Automotor, Actividad Portuaria, Concesiones y Actividades Conexas Supervisadas.
De: Superintendente de Puertos y Transporte
Asunto: Aplicación voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF (Decretos 4946 del 30 de diciembre de 2011 y 403 del 21 de febrero de 2012).

De conformidad con los Decretos 403 de febrero 21 de 2012 y 4946 del 30 de diciembre de 2011, por el cual se dictan disposiciones en materia de aplicación voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera, la Superintendencia de Puertos y Transporte informa a las entidades vigiladas que el plazo para solicitar la aplicación a la etapa de prueba del proceso de convergencia voluntaria e integral de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, vence el día 9 de marzo de 2012.

Para el caso de esta Superintendencia comprende las sociedades de los grupos 2 y 3 definidos en Direccionamiento Estratégico del Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En relación con su clasificación de acuerdo con el tamaño, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública atenderá las consultas que resulten pertinentes.

Por lo anterior, esta Superintendencia recibirá las solicitudes de aplicación voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF en el proceso de etapa de prueba comprendido entre el 1o de enero y 31 de diciembre de 2012. La información que se prepare en aplicación de las NIIF, es de carácter voluntario y meramente informativo con el propósito de conocer su impacto en el Sector, por lo cual no implica ningún tipo de sanciones. Para la Superintendencia y los entes reguladores, este ejercicio permitirá medir la eficacia y pertinencia de su aplicación en las sociedades del sector transporte.

Las comunicaciones deben remitirse al correo electrónico: ventanillaunicaderadiacion@supertransporte.gov.co

De otra parte, se indica “Que la publicación en el mes de noviembre de 2011 de la traducción de las normas International Financial Reporting Standards - IFRS, fue realizada por el lnternational Accounting Standards Board - IASB y se encuentran disponibles en la página de internet www.ifrs.orgIIFRSs/Official+Unaccompanied+IFRS+Translations.htm las cuales pueden ser consultadas de manera gratuita”.

7 de marzo de 2012.

Cordialmente,

El Superintendente de Puertos y Transporte,

JUAN MIGUEL DURÁN PRIETO.

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