CIRCULAR EXTERNA 14 DE 2011
(diciembre 2)
Diario Oficial No. 48.276 de 7 de diciembre de 2011
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 1 de 2021>
| De: | Superintendencia Delegada de Puertos |
| Para: | Sociedades Portuarias Regionales Sociedades Portuarias Marítimas Sociedades Portuarias Fluviales Muelles Homologados Beneficiarios de Autorizaciones Temporales Licencias Portuarias |
| Asunto: | Reporte de Obras y Equipos |
La Superintendencia Delegada de Puertos al tenor de las funciones de vigilancia, inspección y control estipuladas en la Ley 1a de 1991 y la Ley 1242 de 2008, los Decretos 101 y 1016 de 2000 y el Decreto 2741 de 2001; comunica a los vigilados portuarios que disponen de un permiso portuario (contrato de concesión, otrosí modificatorio, resoluciones de homologación, autorización temporal y licencia portuaria) autorizado por las entidades concedentes; la obligación de reportar la ejecución de inversiones, obras y equipos; según la información señalada en el siguiente cuadro:
Tema Objeto Periodicidad Tipo de documento
Obras y equipos Vigilancia e inspección y control a la infraestructura portuaria marítima y fluvial de los concesionarios.
Trimestral (Quince días después de cada trimestre) Físico y magnético Adicionalmente, en cada reporte trimestral los vigilados portuarios remitirán los cronogramas de inversiones y obras aprobados por las entidades condecentes. El formato de reporte de obras y equipos con su instructivo adjunto, hace parte integral del presente acto administrativo.
El primer reporte de obras y equipos con el nuevo formato, será el correspondiente al cuarto trimestre de 2011; es decir, los vigilados portuarios deberán remitirlo antes del 15/01/2012 y así sucesivamente para los próximos trimestres.
Finalmente, se recuerda a los vigilados portuarios que la omisión al reporte de obras y equipos; dará lugar a las sanciones, que ello implica.
La presente Circular Externa comienza a regir el 1o de enero de 2012.
Comuníquese.
Diciembre 2 de 2011.
La Superintendente Delegada de Puertos,
MERCY CARINA MARTÍNEZ BOCANEGRA.
Las Concesiones Portuarias que se encuentren ejecutando inversiones o mantenimientos en obras civiles y equipos, deben enviar la información trimestre vencido a la Superintendencia de Puertos y Transporte, en el formato adjunto que contenga la siguiente información:
1. Sociedad Portuaria: Escriba el nombre de la Sociedad Portuaria o razón social.
2. Número oficio y fecha: Escriba el número de oficio y fecha de aprobación de las actividades a ejecutar.
3. Descripción. Escriba las actividades ejecutadas de obras civiles y equipos portuarios.
4. Unidad de Medida: Escriba la Unidad de Medida de Cada Inversión Aprobada.
5. Informe Trimestral: Escriba las cantidades programadas, ejecutadas, acumuladas, los valores programados y ejecutados en pesos (COPS), en dólares (USD, como los porcentajes de los Valores Programados y Ejecutados en cada trimestre.
6. Informe Anual: Escriba los Valores Programados y Ejecutados de las actividades de Inversión de Obras Civiles y Equipos en la vigencia.
7. Información del contrato: Diligencie la siguiente información:
-- Número: Corresponde al número de identificación del contrato o contratos de obra suscrito entre el Concesionario y el Contratista para ejecutar la obra referenciada.
-- Contratista: Nombre del contratista (s) que ejecutarán la obra.
-- Valor Contratado: Corresponde al valor en millones de pesos contratado al inicio del contrato.
-- Fecha de Inicio: Corresponde a la fecha de inicio de las obras a ejecutar.
-- Fecha de Terminación: Corresponde a la fecha de terminación de los trabajos contratados. Este dato es tomado del acta de finalización.
-- Valor Final: Valor final real en millones de pesos. Este valor puede coincidir con el valor contratado cuando no existen modificaciones y es tomado del acta de liquidación.
8. Información pólizas: Diligencie la siguiente información:
-- Tipo: Tipo de póliza tomada por el concesionario.
-- Número: Número de identificación de la póliza.
-- Objeto: Descripción del objeto que cubre la póliza.
-- Tomador: Corresponde a quien toma la póliza.
-- Beneficiario: Corresponde al beneficiario de la póliza en caso de siniestro.
-- Compañía Aseguradora: Nombre de la compañía aseguradora que expide la póliza.
Esta compañía debe estar debidamente registrada.
-- Valor: Valor en millones de pesos que cubrirá la póliza.
-- Vigencia Desde-Hasta: Corresponde al periodo que cubre la póliza expresada en día- mes- año.
9. Registro contable: Esta información está compuesta por los siguientes campos:
-- Número del comprobante: Número del comprobante de contabilidad (Estos comprobantes deben ser remitidos como soporte del reporte solicitado en formato “pdf”).
-- Fecha del comprobante: Fecha del comprobante de contabilidad.
-- Código: Número de las cuentas según el PUC (Plan Único de Cuentas) con un mínimo de seis (6) dígitos, para identificar la Clase, Grupo, Cuenta y Subcuenta, de todas las cuentas afectadas en los registros efectuados. Cada cuenta debe registrar el valor por el cual fue afectada (Nota: deben estar incluidas todas las cuentas afectadas de manera que el valor coincida exactamente con el reportado y en caso de presentarse diferencia debe ser explicada y debidamente soportada).
-- Denominación de la cuenta y/o rubro contable: Escriba el nombre de la cuenta según el PUC comercial.
-- Naturaleza de la cuenta (Débito o crédito): Escriba el carácter de la cuenta (Débito o crédito).
-- Valor de cada cuenta: Digite el valor de cada cuenta
-- Valor total: Sumatoria de los comprobantes reportados que debe coincidir con el valor reportando en el mes correspondiente.
-- Notas: En este espacio escriba las aclaraciones, en caso de ser necesario.
10. Valor Total: Sumatoria de la información trimestral de las actividades de inversiones de obras civiles y equipos.
11. Contrato de Concesión portuaria, otrosí, etc. Escriba el número y la fecha del contrato de concesión, otrosí, resolución de autorización temporal, resolución de homologación y/o resolución de licencia portuaria; según el caso.
12. Valor Programado, en la Vigencia “Contrato de Concesión, otrosí”: Escriba el Valor Programado en la Vigencia del Contrato de Concesión, otrosí, tanto en pesos (COPS) como en dólares (USD).
13. Valor Ejecutado, en la Vigencia “Contrato de Concesión, otrosí”: Escriba el Valor ejecutado en la Vigencia del Contrato de Concesión, otrosí, tanto en pesos colombianos (COPS) como en dólares americanos (USD).
Nota: En un caso que el concesionario marítimo o fluvial (Sociedad Portuaria, Homologación, Autorización Temporal y/o Licencia Portuaria) tenga más de un acto administrativo o contrato de concesión otorgado por una entidad concedente; diligencie el Formato de Reporte de Obras Civiles y Equipos para cada caso correspondiente.

| 11. CONTRATO DE CONCESIÓN, OTRO SI, etc | PROGRAMADO vs. EJECUTADO | ||||
| 12.VALOR PROGRAMADO EN EL AÑO "Contrato de Concesión" | 13. VALOR EJECUTADO EN EL AÑO "Contrato de Concesión" | ||||
| USD | COPS | USD | COPS | ||