CONCEPTO TRIBUTARIO 79026 DE 2000
(agosto 18)
Diario Oficial No 44.145, del 30 de agosto de 2000
Doctora
MARTHA SOFIA VIRVIESCAS PRECIADO
e de la División de Liquidación
Administración Local de Impuestos de Sogamoso
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales "DIAN"
Calle 13 No 10-71 Sogamoso
Ref.: Aclaración del Concepto número 051944 de mayo 31 de 2000-08-17
Tema: Renta
Subtema: Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios
En relación con el concepto de la referencia es necesario aclarar que la revocatoria a que el mismo se refiere del concepto número 68083 de agosto 31 de 1998 tiene que ver, solamente, con lo expuesto en el tercer párrafo de la interpretación jurídica.
Así mismo, es de tener en cuenta que de acuerdo con la "Fe de Erratas" publicada en el Diario Oficial número 43.235 de febrero 11 de 1998, están exentas las rentas provenientes de la generación de energía eléctrica y las de los servicios públicos domiciliarios de gas sin tener en cuenta la naturaleza jurídica de la empresa prestadora de dichos servicios, y las provenientes de telefonía local y su complementaria de telefonía rural en cuanto sean obtenidas por entidades oficiales o de economía mixta.
Atentamente,
FABIOLA BARRAZA AGUDELO
La Jefe Oficina Jurídica UAE Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales
FE DE ERRATAS NUMERO 80260 del 24 de agosto de 2000
Bogotá, D. C., 23 de agosto de 2000