CONCEPTO SSPD-OJ-2005-014
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Bogotá, D.C.,
MARIA ESTHER GALINDO TORRES
Gerente Comercial
SERA Q.A.Tunja ESP
Carrera 3 Este No. 11-20
Barrio San Antonio
Tunja - Boyacá
Ref: Su petición de consulta radicada con el número 2004-529-052983-2
Se basa la consulta objeto de estudio en determinar cuáles son las pruebas que debe recaudar la empresa para detectar acometidas o derivaciones fraudulentas, manipulación de acometidas, entre otras causales de corte y suspensión del servicio e imputación de las sanciones previstas en el contrato de condiciones uniformes, teniendo en cuenta que algunos recursos de apelación han sido fallados revocando la decisión de la empresa por no garantizar el debido proceso.
Las siguientes consideraciones se formulan atendiendo el alcance del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Sobre el tema consultado la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ha emitido varios conceptos, señalando que la facultad sancionatoria de las empresas debe ser ejercida de forma tal que se garantice efectivamente al usuario el ejercicio de sus derechos de contradicción y defensa.
Así mismo, que debe estar plenamente acreditada la ocurrencia de la causal de incumplimiento al contrato de condiciones uniformes con fundamento en la cual procede la imposición de la respectiva sanción.
Por lo tanto, las pruebas que deben obrar en el expediente, dependerán de la causal de incumplimiento que se aduzca, para lo cual habrá de tenerse en cuenta que son admisibles todos los medios de prueba siempre que resulten conducentes, pertinentes y útiles para el caso concreto.
A título ilustrativo pueden consultar en la página WEB de esta Entidad la Circular 011 en materia del debido proceso en la actuación administrativa sancionatoria en el sector de energía, dado que en ella se analizan en detalle muchos aspectos que igualmente pueden ser tenidos en cuenta por las empresas de otros servicios públicos.
Atentamente,
MÓNICA HILARIÓN MADARIAGA
Jefe Oficina Asesora Jurídica