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RESOLUCIÓN 20244000025304 DE 2024

(noviembre 13)

Diario Oficial No. 52.940 de 14 de noviembre de 2024

ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por la cual se expiden los requerimientos técnicos del juego novedoso denominado super astro y se deroga la Resolución número 20201000009494 de fecha 17 de junio de 2020.

EL PRESIDENTE DE LA EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR, COLJUEGOS,

en uso de las facultades legales y en especial de las contempladas en el artículo 1o de la Ley 643 de 2001; el numeral 7 del artículo 2o y numeral 8 del artículo 5o del Decreto número 1451 de 2015; el literal x) del artículo 5o y el artículo 24 del Acuerdo 03 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 643 de 2001, por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de Juegos de Suerte y Azar (JSA), estableció su marco regulatorio en sus distintas modalidades, los cuales se desarrollan en el ámbito nacional y territorial, así como los principios que rigen su explotación, organización, administración, operación, fiscalización y control, siendo estos el de finalidad social prevalente, transparencia, racionalidad económica en la operación, y vinculación de la renta a los servicios de salud.

Que el artículo 38 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 93 de la Ley 1753 de 2015, regula lo referente a los juegos novedosos, indicando que: “Son cualquier otra modalidad de juegos de suerte y azar distintos de las loterías tradicionales o de billetes, de las apuestas permanentes y de los demás juegos a que se refiere la presente ley. Se consideran juegos novedosos, entre otros, la lotto preimpresa, la lotería instantánea, el lotto en línea en cualquiera de sus modalidades, apuestas deportivas o en eventos y todos los juegos operados por internet, o por cualquier otra modalidad de tecnologías de la información que no requiera la presencia del apostador. Lo anterior únicamente en relación con los juegos que administra y/o explota Coljuegos…”.

Que el numeral 2 del artículo 10 del Decreto número 4142 de 2011, señala como una de las funciones de la Junta Directiva de COLJUEGOS “Aprobar los reglamentos de los Juegos de Suerte y Azar de competencia de la empresa”.

Que de acuerdo con el numeral 7 del artículo 2o del Decreto número 1451 de 2015, es función de Coljuegos definir los requisitos que deben cumplir las personas naturales o jurídicas para operar los juegos de suerte y azar de competencia de la Empresa.

Que la Junta Directiva de Coljuegos, mediante Acuerdo número 03 de 25 de junio de 2019, aprobó el reglamento del juego de suerte y azar de la modalidad de novedoso denominado SUPER astro, modificado por el Acuerdo número 04 de 20 de abril de 2020 y el Acuerdo número 06 de 12 de mayo de 2020, el cual fue compilado mediante Acuerdo número 08 de 2020.

Que el literal x) del artículo 3.1.5. del Acuerdo número 08 de 2020 define los requerimientos técnicos para la operación del juego como: “documento maestro, expedido por Coljuegos que establece: 1) los requisitos técnicos mínimos que deben ser cumplidos por el operador para garantizar la operación del juego en sus diferentes componentes (Sistema Central del Juego, terminales de venta, dispositivos de conexión remota, red de comunicaciones, balotas y baloteras) así como para la generación, procesamiento, transmisión de la información administrativa, financiera, de control y de apuestas requerida por Coljuegos, y 2) las especificaciones técnicas y requerimientos para el envío de información del juego. Las modificaciones a este documento deben ser previamente informadas a la Junta Directiva de la entidad y soportadas en la necesidad de ajuste para la adecuada operación del juego.”

Que el artículo 3.8.1 del Acuerdo número 08 de 2020 prevé:

“Artículo 3.8.1. Forma de operación técnica del juego. La operación del juego estará soportada en un Sistema Central del Juego que operará en línea y en tiempo real, mediante una plataforma tecnológica proporcionada por el operador quien debe garantizar su correcto funcionamiento al dar cumplimiento a los requisitos técnicos y certificaciones definidos por Coljuegos en los Requerimientos Técnicos para la Operación del Juego.

(…)

Que Coljuegos, mediante la Resolución número 20201000009494 del 9 de junio de 2020, expide el documento de Requerimientos Técnicos del Juego novedoso denominado SUPER astro, de que trata el artículo 24 del Acuerdo número 03 de 2019, compilado por el Acuerdo 08 de 2020.

Que la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) suscribió el contrato de concesión número C1725 de 2019 para operar a nivel nacional el juego de suerte y azar de la modalidad novedoso denominado Súper Astro, el cual tiene como fecha final de ejecución el 28 de mayo de 2025.

Que en la sesión ordinaria número 230 de la Junta Directiva adelantada el 24 de septiembre de 2024, Coljuegos a través del Jefe la Oficina de Tecnología de la Información, informó y soportó ante dicha Junta las modificaciones a efectuarse a los Requerimientos Técnicos del juego SUPER astro para la su adecuada operación.

Que la Junta Directiva de Coljuegos expidió el Acuerdo número 09 del 25 de octubre de 2024, “por el cual sustituye el Título 3 del juego de suerte y azar de la modalidad novedoso denominado Super Astro”, del Acuerdo número 08 de 16 de septiembre de 2020 “por el cual se aprueban los reglamentos de los juegos de suerte y azar del orden nacional de competencia de Coljuegos”.

Que el presente documento de Requerimientos Técnicos del Juego novedoso denominado SUPER astro, se encuentra alineado con lo dispuesto en el Acuerdo número 09 del 25 de octubre de 2024 expedido por la Junta Directiva.

Que el Acuerdo número 09 del 25 de octubre de 2024 expedido por la Junta Directiva de Coljuegos, mantiene en su articulado las disposiciones antes transcritas de los artículos 3.1.5 y 3.8.1.

Que la presente Resolución cumplió con el trámite de publicación que trata el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, sobre la cual se recibieron observaciones entre el 8 de octubre 2024 al 15 de octubre 2024 y del 26 de octubre hasta el 1 de noviembre de 2024, las cuales fueron atendidas según había lugar.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS. Expedir el documento de Requerimientos Técnicos para la operación del juego de suerte y azar novedoso denominado SUPER astro.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIAS Y DEROGATORIA. Los Requerimientos Técnicos aquí expedidos rigen para el proceso de selección que adelante Coljuegos para la adjudicación del nuevo y próximo contrato de concesión que se suscriba para la operación del juego novedoso denominado SUPER astro.

Con ocasión de lo anterior, se deroga la Resolución número 20201000009494 del 9 de junio de 2020, la cual se mantendrá vigente y aplicará sólo para ejecución del actual contrato de concesión del SUPER astro número 1725 de 2019.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones y/o autorizaciones vigentes que le resulten contrarias.

Publíquese y cúmplase.

El Presidente,

Marco Emilio Hincapié Ramírez.

<Anexo publicado en el Diario Oficial>

<Consultar PDF del Diario Oficial directamente en el siguiente enlace:

https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_COLJUEGOS_25304_2024_ANEXO.pdf

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