RESOLUCIÓN 1166 DE 2010
(diciembre 21)
Diario Oficial No. 47.932 de 23 de diciembre de 2010
INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI
SEDE CENTRAL
<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 162 de la Resolución 70 de 2011>
Por la cual se adopta el Número Predial Nacional para todas las autoridades catastrales del país.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI,
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 14 de 1983 y del artículo 41 del Decreto 3496 de 1983, y
CONSIDERANDO:
1. Que debido a los avances establecidos en la interrelación de información entre las autoridades catastrales y las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, se necesita la unificación de la estructura del número predial en todo el país, para que a través de los sistemas de información de cada una de las autoridades catastrales y registrales se pueda realizar un intercambio de información de manera transparente, segura, ágil y tecnificada, como lo procura el Decreto 1711 de 1984.
2. Que si bien, cada autoridad catastral ha funcionado con su respectivo número, la dinámica del país exige hoy el fácil, rápido y efectivo acceso a la información del catastro a nivel nacional y a la información detallada predio a predio para efectos de consolidación de información y de interrelación catastro y registro, entre otros.
3. Que la adopción de la estructura unificada del número predial permitirá dar mayor eficiencia y seguridad a las transacciones inmobiliarias que se hagan en el país a partir de su implementación, al facilitar la entrega del dato a las oficinas de registro y su incorporación en los respectivos folios y con ello, tener garantía de la existencia física de los predios a los que se refieren las matrículas inmobiliarias.
4. Que dentro de este ambiente de interacción entre las autoridades Catastrales del país, sin perder de vista la autoridad que ejerce el IGAC en el tema catastral, se concertó a través de reuniones, la propuesta de adoptar, en la identificación de los inmuebles para la inscripción predial y la entrega al registro de instrumentos públicos, un número predial único que además los georreferencie.
5. Que se hace necesario perfeccionar un mecanismo tecnológico fiable que permita mantener la historia catastral de los predios ante mutaciones como cambio de número predial, rectificaciones, segregaciones y/o de agregaciones.
En mérito de lo anterior, este despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. NÚMERO PREDIAL NACIONAL. Establecer la siguiente estructura del Número Predial Nacional a utilizar por todas las autoridades catastrales del país:

ARTÍCULO 2o. DIVULGACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA ESTRUCTURA DEL NÚMERO PREDIAL NACIONAL. Ordenar que, a partir de la fecha, todas las autoridades catastrales inicien la implementación en sus bases de datos gráficas y alfanuméricas, para entrar en uso de forma definitiva, el 1o de enero de dos mil trece (01-01-2013).
ARTÍCULO 3o. ASESORÍA Y SEGUIMIENTO. Ordenar a la Subdirección de Catastro del IGAC la asesoría y el seguimiento a la implementación de esta estructura del nuevo Número Predial Nacional en cada uno de los Catastros del país al igual que en la interrelación con la Superintendencia de Notariado y Registro.
ARTÍCULO 4o. REMISIONES A ENTIDADES. Enviar copia de esta resolución a todas las autoridades Catastrales del país, a la Superintendencia de Notariado y Registro, Tesorerías Municipales, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y a la Superintendencia de Servicios Públicos para su información y conocimiento para lo de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. Esta resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2010.
El Director General,
IVÁN DARÍO GÓMEZ GUZMÁN.