RESOLUCIÓN 468 DE 2009
(octubre 30)
Diario Oficial No. 47.528 de 9 de noviembre de 2009
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
Por la cual se modifica la Resolución 329 del 31 de julio de 2009.
EL DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 18 del Decreto-ley 210 de 2003, modificado por el Decreto 4269 de 2005, el Decreto 4149 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que los usuarios productores y exportadores del país han solicitado la ampliación del período de transición establecido en el artículo 8o de la Resolución 329 de 2009, basados en la necesidad de contar con mayor capacitación en el tema, no obstante la capacitación que viene ofreciendo el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en las principales ciudades capital de departamento;
Que en aras de mejorar la competitividad del sector exportador y en cumplimiento de la política de facilitación de trámites de comercio exterior, es procedente acoger la solicitud de los usuarios productores y exportadores del país ampliando el periodo de transición establecido en el artículo 8o de la Resolución 329 de 2009.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Ampliar hasta el 18 de enero de 2010 el período de transición durante el cual los exportadores podrán realizar la Determinación de Origen bajo el esquema tradicional utilizando el Formulario 02 “Registro de Productores Nacionales, Oferta Exportable y Determinación de Origen” o en los términos establecidos en la Resolución 329 de 2009, mediante el formulario “Declaración Juramentada Determinación de Origen”.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 8o de la Resolución 329 de 2009.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 30 de octubre de 2009.
RAFAEL ANTONIO TORRES MARTÍN.