RESOLUCIÓN 40774 DE 2023
(diciembre 29)
Diario Oficial No. 52.635 de 11 de enero de 2024
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
Por la cual se actualiza el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) para las Zonas No Interconectadas (ZNI) y para el Sistema Interconectado Nacional (SIN).
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,
en uso de las facultades legales y en especial las dispuesta en el artículo 1o del Decreto número 884 de 2017
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 884 de 2017, se estableció que el Ministerio de Minas y Energía con el apoyo técnico del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas IPSE y la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), elaborará y adoptará cada dos (2) años un Plan Nacional de Electrificación Rural para las Zonas No Interconectadas (ZNI) y para el Sistema Interconectado Nacional (SIN).
Que dicho Plan debe contener mecanismos que permitan la administración, operación y mantenimiento sostenible de las soluciones energéticas que se construyan para su uso.
Que el Plan Nacional de Electrificación Rural establecido en el Decreto número 884 de 2017, es desarrollo de la Reforma Rural Integral a que hace referencia el numeral 1.3.1.3., del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito entre el Gobierno nacional y el grupo armado Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia.
Que la Corte Constitucional mediante sentencia C–565 de 2017 declaró exequible el Decreto número 884 de 2017, afirmando sobre el PNER definido por medio del Acuerdo de Paz e implementado en el acto administrativo con fuerza material de ley citado que:
“(…), parte de la consideración de que el asunto materia de regulación por el Decreto Ley 884 de 2017 implementa un curso de acción con el propósito de cumplir con un deber constitucional y satisfacer el derecho a gozar del servicio público esencial de electricidad. Bajo esta perspectiva, considera la Sala que el Plan Nacional de Electrificación Rural, comprendido inescindiblemente con la reforma rural integral y con estrechos vínculos frente al programa de sustitución de cultivos ilícitos, atendiendo al contexto ya referido previamente en esta providencia, es urgente, dado que permite una intervención estatal oportuna en zonas afectadas por el conflicto, a través de un mecanismo que, además, involucra la participación de las comunidades.
(…) De esta manera, el artículo 1o del Decreto Ley 884 define un plan de electrificación rural de carácter nacional derivado de la Reforma Rural Integral, que busca mejorar el acceso al servicio público de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, así como garantizar el acceso al servicio y promover su universalización en las Zonas No Interconectadas, tanto interconectables como aisladas. Por su importancia en el disfrute del derecho fundamental al servicio de energía eléctrica y por la capacidad transformadora del acceso a los servicios públicos en las condiciones de bienestar y buen vivir de la población rural, este plan nacional debe ser leído en contexto y articularse con los demás planes nacionales para la Reforma Rural Integral, con los PDET y con el resto del Acuerdo Final. En consecuencia, para la Corte dicha armonización tampoco contraria el texto Superior”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 y en concordancia con lo previsto en la Resolución número 40310 de 2017 “Por la cual se reglamentan los plazos para la publicación de proyectos específicos de regulación que expida el Ministerio de Minas y Energía y se dictan otras disposiciones”, el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) para las Zonas No Interconectadas (ZNI) y para el Sistema Interconectado Nacional (SIN), fue publicado en la página web del Ministerio de Minas y Energía para comentarios de la ciudadanía, entre los días veintisiete (27) hasta el veintinueve (29) de diciembre de 2023 y los comentarios fueron debidamente analizados y tenidos en cuenta en lo pertinente.
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Actualizar el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) para las Zonas No Interconectadas (ZNI) y para el Sistema Interconectado Nacional (SIN).
PARÁGRAFO 1o. El Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), se constituye como un instrumento de gestión interinstitucional que podrá ser actualizado en la medida que se modifiquen o sustituyan los lineamientos que, para el efecto, expida el Gobierno nacional o cuando las condiciones de implementación del instrumento lo requieran. Estas modificaciones serán elaboradas por la Dirección de Energía Eléctrica, y aprobadas por el Viceministerio de Energía del Ministerio de Minas y Energía.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2023.
El Ministro de Minas y Energía,
Ómar Andrés Camacho Morales.
<Anexo publicado en el Diario Oficial>
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https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_MME_40774_2023-ANEXO.pdf