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RESOLUCION NUMERO 15712 DE 2001

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Diario Oficial No. 44.427, de 19 de mayo de 2001

SUPERINTENDECIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

por la cual se modifica el Anexo 3021-F004 de la Resolución 15617 de mayo 8 de 2001.

El Superintendente de Industria y Comercio,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 43 del Decreto 3466 de 1982; artículo 21 del Decreto 2153 de 1992; y los literales c) y q) del artículo 17 del Decreto 2269 de 1993,

CONSIDERANDO:

Primero. Que la unidad de medida para la magnitud del volumen es el metro cúbico y que en el Anexo 3021-F004 en la parte donde se indica el volumen mínimo del recinto en el que se va instalar el artefacto quedó estipulado en metros cuadrados,

RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO. La parte correspondiente al volumen mínimo mencionada en el Anexo 3021- F004 quedará así:

Volumen mínimo: El recinto en el que se va instalar este artefacto debe tener un volumen mínimo de __________metros cúbicos

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a..

El Superintendente de Industria y Comercio,

EMILIO JOSÉ ARCHILA PEÑALOSA.

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