RESOLUCIÓN NÚMERO SSPD-20121300033655 DE 2012
(octubre 25)
Diario Oficial No. 48.600 de 31 de octubre de 2012
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 12995 de 2021>
Por la cual se delega una función.
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,
en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el numeral 4 del parágrafo 2o del artículo 79 de la Ley 142 de 1994 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 370 de la Carta Política y 75 de la Ley 142 de 1994, el Presidente de la República ejercerá el control, la inspección y vigilancia de las entidades que presten los servicios públicos domiciliarios y los demás servicios públicos a los que se aplica dicha ley, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y en especial, del Superintendente y sus delegados.
Que los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, determinan que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y orientarse al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad e imparcialidad y puede desarrollarse a través de la delegación de funciones.
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 señala que los Superintendentes podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados del nivel directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.
Que el numeral 4 del parágrafo 2o del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, señala como función del Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, la de asistir, con voz, a las Comisiones de Regulación, y delegar la asistencia únicamente en los Superintendentes Delegados.
Que en virtud de lo expuesto, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 12995 de 2021> Delegar en el Superintendente Delegado para Energía y Gas de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la función de asistir, con voz, a las sesiones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), sin perjuicio de la asistencia a dichas reuniones del Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, caso en el cual se entenderá que se reasume la función delegada.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 12995 de 2021> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
CÉSAR GONZÁLEZ MUÑOZ.