RESOLUCIÓN SSPD - 20221000943055 DE 2022
(octubre 12)
Diario Oficial No. 52.186 de 13 de octubre de 2022
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Por la cual se designa un Agente Especial para la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E. S. P.
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994, el Decreto 1369 de 2020, el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sus Decretos Reglamentarios y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SSPD-20211000720935 del 22 de noviembre de 2021, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E. S. P., por encontrarse incursa en las causales 59.1 y 59.7 de la Ley 142 de 1994.
Que mediante Resolución SSPD-20221000237145 del 22 de marzo de 2022, “Por la cual se determina el objeto de la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta - ESSMAR E. S. P.”, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios determinó como modalidad de toma de posesión de la ESSMAR E. S. P. la de fines liquidatorios disponiendo en la misma una etapa de administración temporal, durante la cual se adoptarán las acciones necesarias para garantizar a los habitantes del Distrito de Santa Marta la prestación de los servicios públicos a cargo de la citada empresa intervenida.
Que de conformidad con el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, aplicable por remisión del artículo 121 de la Ley 142 de 1994, corresponde al Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios la designación de Agentes Especiales para las empresas de servicios públicos en toma de posesión.
Que, en virtud de dicha facultad, se procederá a la designación de un nuevo Agente Especial para la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E. S. P., el cual puede ser una persona natural o jurídica.
Que, en el marco del proceso de toma de posesión de la ESSMAR E. S. P., teniendo en cuenta la dimensión de los proyectos dirigidos a mejorar y optimizar las condiciones de la infraestructura y operación de los sistemas de acueducto y alcantarillado de la citada empresa intervenida, y en la misma medida el nivel de direccionamiento técnico y financiero requerido para tales fines, aunado a las acciones de mejora necesarias en los procesos comerciales, financieros, administrativos, entre otros, de la ESSMAR E. S. P., la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios considera que se requiere de un direccionamiento técnico y de asesoría de alto nivel en materia de servicios públicos domiciliarios.
Que, para el presente caso, con el fin de lograr en el menor tiempo posible la definición y ejecución de estrategias y acciones efectivas dirigidas a continuar garantizando y generar mejoras en la prestación de los servicios públicos domiciliarios en la ciudad de Santa Marta, a cargo de la ESSMAR E. S. P., se procederá a la designación de un Agente Especial persona jurídica, que cuente con la solidez y experticia técnica para dirigir la gestión y operación en las condiciones descritas.
Que Empresas Públicas de Medellín E. S. P., es una empresa prestadora de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas natural, creada mediante Acuerdo Municipal número 58 del 6 de agosto de 1955, con más de 8,5 millones de usuarios en Latinoamérica (Colombia, México, Guatemala, El Salvador, Panamá y Chile).
Que Empresas Públicas de Medellín E. S. P., cumple con los requisitos para ser Agente Especial, tiene la calidad, capacidad, experticia e idoneidad profesional en el área de la actividad desde su objeto social y dispone de la infraestructura técnica y operativa adecuada para el desempeño de la función y los objetivos propuestos.
Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,
RESUELVE:
PRIMERO. Designar a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E. S. P., identificada con el NIT 890904996-1 - representada legalmente por el ingeniero Jorge Andrés Carrillo Cardoso, identificado con la cédula de ciudadanía 79.065.374, como Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E. S. P.
PARÁGRAFO 1o. Las funciones y competencias de los Agentes Especiales se encuentran señaladas en los artículos 291 y 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, 9.1.1.2.1 y 9.1.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010, las que le impone la Ley 142 de 1994 y demás normas aplicables a la prestación de los servicios a cargo de la empresa intervenida.
PARÁGRAFO 2o. El Agente Especial designado deberá aceptar su designación y tomar posesión del cargo ante este Despacho, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de comunicación del contenido de la presente resolución.
PARÁGRAFO 3o. EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E. S. P., podrá facultar a una persona natural para efectos del ejercicio dé las funciones propias del cargo, persona que en todo caso deberá cumplir los requisitos del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
SEGUNDO. Comunicar el contenido de la presente resolución al ingeniero Jorge Andrés Carrillo Cardoso, representante legal de EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E. S. P., o a quien haga sus veces.
TERCERO. Comunicar el contenido de la presente resolución a la doctora YAHAIRA INDIRA DE JESÚS DÍAZ QUESADA, identificada con cédula de ciudadanía número 31.953.632, actual Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E. S. P.
PARÁGRAFO 1o. La doctora YAHAIRA INDIRA DE JESÚS DÍAZ QUESADA, Agente Especial saliente, deberá hacer entrega al Agente Especial designado, de un informe final de su gestión, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la respectiva comunicación, con copia a la Dirección de Entidades Intervenidas y en Liquidación de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
CUARTO. Ordenar el envío de las comunicaciones pertinentes para el cumplimiento de las medidas dispuestas en la presente Resolución.
QUINTO. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de octubre de 2022.
El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,
Dagoberto Quiroga Collazos.