RESOLUCION 69 DE 2002
(abril 16)
Diario Oficial No. 44.779, de 24 de abril de 2002
UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA
Por la cual se define la segunda conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural –CNO–.
El Director de la Unidad de Planeación Minero Energética,
en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por el Ministerio de Minas y Energía,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 4o. de la Ley 401 de 1997 se crea el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural –CNO– como cuerpo asesor del Centro de Coordinación de Transporte de Gas Natural –CTG– el cual tendrá como función hacer recomendaciones que busquen que la operación integrada del Sistema Nacional de Transporte de Gas Natural sea segura, confiable y económica;
Que de conformidad con el artículo 1o. del Decreto 1175 de 1999 se establece que el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural –CNO– cumplirá las funciones de asesoría de conformidad con lo establecido en el Reglamento Unico de Transporte;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG– mediante Resolución 071 de 1999 expidió el Reglamento Unico de Transporte, en el cual se establecen las funciones que debe cumplir el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural –CNO–, y las definiciones que deben ser tenidas en cuenta para efectos del mismo;
Que mediante Decreto 2225 de 2000 el Ministerio de Minas y Energía reglamenta el artículo 5o. de la Ley 401 de 1997, y delega a la UPME la facultad de determinar los participantes que integran el CNO;
Que el Decreto 2282 de 2001 del Ministerio de Minas y Energía adicionó y modificó parcialmente el mencionado Decreto 2225 de 2000;
Que el artículo 7o. del Decreto 2225 de 2000 definió las participaciones estableciendo que la UPME con base en las cifras de producción, demanda, y capacidad del año inmediatamente anterior comprendido entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre, determinará la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural –CNO–;
Que con base en el procedimiento establecido en los Decretos 2225/00 y 2282/01 la UPME procedió a realizar la conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, según consta en las respectivas memorias de cálculo de la metodología aplicada,
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Establecer los representantes por parte de los productores, remitentes y transportadores de gas natural, ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural –CNO–:
Representantes de Representantes de Representantes del
los productores los remitentes Sistema Nacional de transporte
Empresa Colombiana Gases del Caribe S.A. E.S.P. Empresa Colombia de Gas -
de Petróleos –Ecopetrol– Ecogás -
Texas Petroleum Gas Natural S.A. E.S.P. Promigás S.A. E.S.P.
Company
Petrotesting Corporación Eléctrica de la Transportadora de Metano S.A.
Colombia S. A. Costa Atlántica S.A. E.S.P. E.S.P. –Transmetano S.A. E.S.P.–
–Corelca–
BP Exploration Empresa de Energía del Sociedad Transportadora de Gas
Company Pacífico S.A. E.S.P. –EPSA– del Oriente S.A. E.S.P. –
(Colombia) Ltd. Transoriente S.A. E.S.P.–
Transoccidente S.A. E.S.P.
Transportadora Colombiana de
Gas S.A. E.S.P. –Transcogás–
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de abril de 2002.
El Director General,
Julián Villarruel Toro.