RESOLUCIÓN 369 DE 2018
(julio 12)
Diario Oficial No. 50.653 de 13 de julio de 2018
UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO-ENERGÉTICA
Por la cual se identifica el Proyecto Segundo Circuito Altamira-Florencia-Doncello 115 kV y bahías asociadas como Proyecto Urgente, en los términos de las Resoluciones MME 90604 de 2014 y CREG 093 de 2014.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO-ENERGÉTICA (UPME),
en ejercicio de sus facultades legales y, especialmente, las conferidas por el artículo 9o del Decreto número 1258 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 143 de 1994, artículo 4o, establece que el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; y mantener una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector cumpliendo con los niveles establecidos;
Que para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 16, atribuye a la UPME, entre otras, la función de elaborar y actualizar el Plan de Expansión del sector eléctrico en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), expidió la Resolución CREG 024 de 2013, “por la cual se establecen los procedimientos que se deben seguir para la expansión de los Sistemas de Transmisión Regional mediante Procesos de Selección”;
Que la Resolución número 90604 de 5 de junio de 2014 expedida por el Ministerio de Minas y Energía (MME), “por la cual se adoptan medidas excepcionales para el STN y STR tendientes a garantizar la continuidad del servicio en situaciones especiales”, define como Situación Especial, “Aquella circunstancia en la que se presenta una alta probabilidad de desatención de la demanda por atraso o falta de infraestructura de redes en el Sistema de Trasmisión Nacional (STN), o en los Sistemas de Transmisión Regional (STR), o por limitación en las redes existentes, las cuales pueden ser mitigadas con la instalación de redes en dichos sistemas”. Igualmente define como Proyectos urgentes, “Obras a realizar en el STN y STR tendientes a subsanar una Situación Especial definidas por la UPME oficiosamente o a petición del Ministerio de Minas y Energía”;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), expidió la Resolución CREG 093 de 2014, “por la cual se establecen los procedimientos para la ejecución de proyectos urgentes en el Sistema de Transmisión Nacional o en los Sistemas de Transmisión Regional”;
Que la conexión del segundo Circuito Altamira-Florencia-Doncello 115 kV y bahías asociadas fue aprobado al Operador de Red Electrocaquetá, mediante Concepto UPME 20141500056951 del 9 de julio de 2014;
Que la UPME en el Plan de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2014-2028, definió como obra necesaria el Circuito Altamira-Florencia-Doncello 115 kV, en los términos de la Resolución CREG 024 de 2013;
Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución número 40029 del 9 de enero de 2015, adopto el Plan de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2014-2028;
Que Electrocaquetá S. A. E.S.P., de acuerdo al Radicado UPME 20161110030802 del 21 de junio de 2016, manifestó desistir de llevar a cabo la construcción de las obras aprobadas en el Plan de Referencia Generación Transmisión 2014-2028;
Que la renuncia del Operador de Red a realizar las obras y dada la fecha en que realizó dicha declaración, obligó a iniciar el proceso de estructuración de los documentos de selección de la convocatoria, incluidas las especificaciones técnicas, comprometiendo la fecha inicial de entrada en operación de los proyectos y a su vez resultó insuficiente el plazo para llevar a cabo el proceso de convocatoria pública y la correspondiente ejecución de los proyectos, por tanto, se debe establecer una nueva fecha de entrada en operación;
Que la ausencia del segundo Circuito Altamira-Florencia-Doncello 115 kV del STR, a futuro, implicaría una situación de desabastecimiento de energía y desatención de la demanda ante ciertas condiciones de la red. Se pretende garantizar confiabilidad (continuidad) y seguridad del servicio en el departamento de Caquetá;
Que frente a lo expuesto, se considera que se cumple con los criterios para determinar las citadas obras como “Proyecto Urgente”;
Por lo anterior, la UPME,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Identifíquese: como Proyecto Urgente, el Segundo Circuito Altamira- Florencia- Doncello 115 kV y bahías asociadas, el cual se desarrollará mediante el proceso de convocatoria pública y deberá entrar en operación el 30 de junio de 2022, esta fecha es parte integral del Proyecto.
ARTÍCULO 2o. Cúmplanse los procedimientos y mecanismos adoptados en la Resolución MME 90604 del 5 de junio de 2014 y en la Resolución CREG 093 del 24 de junio de 2014.
ARTÍCULO 3o. PUBLICACIÓN. La presente resolución rige a partir de la fecha en el Diario Oficial.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2018.
El Director General,
Ricardo Humberto Ramírez Carrero.