ACUERDO 86 DE 2014
(febrero 18)
Diario Oficial No. 49.078 de 28 de febrero de 2014
CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR
Por el cual se modifica el cronograma de sorteos extraordinarios del juego de Lotería Tradicional para el año 2014.
EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y en el artículo 7o del Decreto número 3034 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar según el cronograma anual que fije el Gobierno Nacional;
Que el artículo 17 del Decreto número 3034 de 2013, establece que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar definirá, de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional y con lo dispuesto en el citado decreto, el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios;
Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, por medio del Acuerdo número 83 de 2013, expidió el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional para el año 2014;
Que la Unión Temporal Súper Extra Navideño, mediante Oficio número 20142160066072 de fecha 13 de febrero de 2014, solicitó “no jugar el Sorteo número 004 programado para el día 3 de febrero de 2014”, argumentando que para modificar el plan de premios de conformidad con lo establecido en el Decreto número 3034 de 2013 se debe elaborar tanto el estudio de mercado como el técnico de administración del riesgo y estudio financiero, por lo tanto existen razones comerciales y de fuerza mayor que le impiden jugar el Sorteo 005 programado para el 3 de marzo de 2014, por cuanto “una vez revisado el alcance de los estudios, se determina que la contratación y la elaboración de estos podría tardarse mínimo 45 días; tiempo que para el caso del sorteo Súper Extra Navideño son difíciles de cumplir si se tiene presente que el primer sorteo está definido para el día tres (3) de marzo”;
Que mediante Radicado número 20142400062651 del 14 de febrero de 2014, la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar solicitó a la Unión Temporal Súper Extra Navideño aclarar la solicitud por cuanto el sorteo que quedó incluido en el cronograma de sorteos extraordinarios para jugar el tres (3) de marzo de 2014 es el número 05, y no como lo indicó la unión temporal en su oficio de solicitud como Sorteo número 04;
Que mediante Radicado número 20142160070482 del 17 de febrero de 2014, la Unión Temporal Súper Extra Navideño dio alcance a la solicitud inicial, aclarando que el sorteo se pretende no jugar es el número 05 del 3 de marzo de 2014;
Que en virtud de lo establecido en inciso cuarto del artículo 21 del Decreto número 3034 de 2013 “Cuando se requiera una modificación de cronograma, los operadores de lotería, deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación”;
Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar en Sesión Ordinaria número 61 de fecha 18 de febrero de 2014 discutió y aprobó el presente Acuerdo, “por el cual se modifica el cronograma de sorteos Extraordinarios del juego de Lotería Tradicional para el año 2014”;
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. El presente acuerdo tiene por objeto modificar el Numeral 2 del literal B, del artículo 2o del Acuerdo número 83 de 2013, expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, el cual quedará así:
B. Sorteos extraordinarios
2. Sorteo Súper Extra Navideño
| Ítem | Sorteo | Día | Fecha | Hora |
| 1 | 5 | Jueves | 31 de julio de 2014 | 11:00 p. m. |
| 2 | 6 | Miércoles | 31 de diciembre de 2013 | 11:00 p. m. |
ARTÍCULO 2o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Acuerdo número 83 de 2013, expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2014.
El Presidente,
JAIME EDUARDO CARDONA RIVADENEIRA.
El Secretario Técnico,
LUIS OMAR TORRADO MANTILLA.