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ACUERDO 313 DE 2016

(septiembre 9)

Diario Oficial No. 50.004 de 22 de septiembre de 2016

CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por el cual se modifica el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de Lotería Tradicional para el año 2016.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 2.7.1.3.1 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar según el cronograma anual que fije el Gobierno nacional.

Que el artículo 2.7.1.3.1. del Decreto 1068 de 2015, establece que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, definirá de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional y con las reglas contenidas en el citado Decreto, el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios.

Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, por medio del Acuerdo 247 de 2015, expidió el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional para el año 2016.

Que en virtud de lo establecido en el inciso 4o del artículo 2.7.1.3.5. del Decreto 1068 de 2015, cuando se requiera una modificación de cronograma, los operadores de lotería, deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación.

Que mediante el radicado número 20162100209612 de fecha 29 de mayo y el radicado número 20164300214832 de fecha 30 de junio de 2016, la Gerente y la Subgerente, respectivamente, de la Lotería de Bogotá, solicitaron modificar el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios, con el fin de jugar un sorteo extraordinario denominado “Gran Sorteo Dorado” el día 1o de octubre de 2016 a las 10:30 p. m.

Que mediante el radicado 20162100249952 de fecha 29 de julio de 2016, los gerentes de la Lotería de Boyacá y Lotería de Cundinamarca, informan que la Lotería de Cundinamarca no podrá realizar el sorteo extraordinario para esta vigencia de acuerdo a un estudio financiero realizado, por esta razón esta lotería realizó un contrato de licenciamiento de uso y explotación de la marca Sorteo Extraordinario de Navidad y los demás signos distintivos cuyo beneficiario es la Lotería de Boyacá.

Que de conformidad con lo anterior la Lotería de Boyacá solicitó modificar el cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios, con el fin de jugar el Sorteo Extraordinario de Navidad el día viernes 16 de diciembre de 2016 a las 10:30 p. m.

Que la solicitud de modificación del cronograma de sorteos ordinarios y extraordinarios para la vigencia 2016 por parte de la Lotería De Bogotá y la Lotería De Boyacá, tienen por objeto incrementar las trasferencias al sector de la salud.

Que de conformidad a los argumentos allegados por las loterías, la Secretaría Técnica, realizó un análisis del comportamiento en las ventas y transferencias en los sorteos extraordinarios de las vigencias 2013 a 2015, observando que estos sorteos han conllevado a incrementar el volumen de ventas en ese mes en un 60,16%.

Que atendiendo a que las solicitudes de modificación del cronograma de las Loterías de Boyacá y Bogotá están relacionadas con la realización de sorteos extraordinarios y que para la ejecución de estos se debe ofrecer al público el respectivo plan de premios, resulta pertinente indicar que los sorteos extraordinarios que pretenden jugar los operadores del juego de lotería está sujetos a la validación que realice el CNJSA del cumplimiento de las normas establecidas para los planes de premios de los sorteos extraordinarios, esto de conformidad al 2.7.1.2.13 del Decreto 1068 de 2015.

Que mediante oficio con radicado número 20164300298432 del 8 de septiembre de 2016, el Gerente de la Lotería del Cauca solicitó la modificación de la hora de realización de los sorteos, los cuales se efectúan los días sábados a las 11:00 p.m., a través de un canal regional, para pasar a trasmitirlos por un canal nacional a las 9:30 p. m. desde el sorteo número 2116 el cual se realizará el día 1o de octubre de 2016. Lo anterior debido al estudio realizado por la Lotería, el cual evidenció que la mayor parte de las ventas de la Lotería del Cauca corresponden a ventas foráneas, por lo cual realizar los sorteos a través de un canal de difusión nacional les daría mayor visibilidad a los sorteos e impactaría positivamente su estrategia comercial.

Que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar en sesión ordinaria número 80 discutió y aprobó el contenido del presente Acuerdo.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar el literal A, del artículo 2o del Acuerdo 247 de 2015, expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en el sentido de modificar el numeral 3 así:

3. Lotería del Cauca

SorteoDíaFechaHora
2077SábadoSábado 2 de enero de 201611:00 p. m.
2078SábadoSábado 9 de enero de 201611:00 p. m.
2079SábadoSábado 16 de enero de 201611:00 p. m.
2080SábadoSábado 23 de enero de 201611:00 p. m.
SorteoDíaFechaHora
2081SábadoSábado 30 de enero de 201611:00 p. m.
2082SábadoSábado 6 de febrero de 201611:00 p. m.
2083SábadoSábado 13 de febrero de 201611:00 p. m.
2084SábadoSábado 20 de febrero de 201611:00 p. m.
2085SábadoSábado 27 de febrero de 201611:00 p. m.
2086SábadoSábado 5 de marzo de 201611:00 p. m.
2087SábadoSábado 12 de marzo de 201611:00 p. m.
2088SábadoSábado 19 de marzo de 201611:00 p. m.
2089SábadoSábado 26 de marzo de 201611:00 p. m.
2090SábadoSábado 2 de abril de 201611:00 p. m.
2091SábadoSábado 9 de abril de 201611:00 p. m.
2092SábadoSábado 16 de abril de 201611:00 p. m.
2093SábadoSábado 23 de abril de 201611:00 p. m.
2094SábadoSábado 30 de abril de 201611:00 p. m.
2095SábadoSábado 7 de mayo de 201611:00 p. m.
2096SábadoSábado 14 de mayo de 201611:00 p. m.
2097SábadoSábado 21 de mayo de 201611:00 p. m.
2098SábadoSábado 28 de mayo de 201611:00 p. m.
2099SábadoSábado 4 de junio de 201611:00 p. m.
2100SábadoSábado 11 de junio de 201611:00 p. m.
2101SábadoSábado 18 de junio de 201611:00 p. m.
2102SábadoSábado 25 de junio de 201611:00 p. m.
2103SábadoSábado 2 de julio de 201611:00 p. m.
2104SábadoSábado 9 de julio de 201611:00 p. m.
2105SábadoSábado 16 de julio de 201611:00 p. m.
2106SábadoSábado 23 de julio de 201611:00 p. m.
2107SábadoSábado 30 de julio de 201611:00 p. m.
2108SábadoSábado 6 de agosto de 201611:00 p. m.
2109SábadoSábado 13 de agosto de 201611:00 p. m.
2110SábadoSábado 20 de agosto de 201611:00 p. m.
2111SábadoSábado 27 de agosto de 201611:00 p. m.
2112SábadoSábado 3 de septiembre de 201611:00 p. m.
2113SábadoSábado 10 de septiembre de 201611:00 p. m.
2114SábadoSábado 17 de septiembre de 201611:00 p. m.
2115SábadoSábado 24 de septiembre de 201611:00 p. m.
2116SábadoSábado 1o de octubre de 20169:30 p. m.
2117SábadoSábado 8 de octubre de 20169:30 p. m.
2118SábadoSábado 15 de octubre de 20169:30 p. m.
2119SábadoSábado 22 de octubre de 20169:30 p. m.
2120SábadoSábado 29 de octubre de 20169:30 p. m.
2121SábadoSábado 5 de noviembre de 20169:30 p. m.
2122SábadoSábado 12 de noviembre de 20169:30 p. m.
2123SábadoSábado 19 de noviembre de 20169:30 p. m.
2124SábadoSábado 26 de noviembre de 20169:30 p m.
2125SábadoSábado 3 de diciembre de 20169:30 p. m.
2126SábadoSábado 10 de diciembre de 20169:30 p. m.
2127SábadoSábado 17 de diciembre de 20169:30 p. m.
2128SábadoSábado 24 de diciembre de 20169:30 p. m.
2129SábadoSábado 31 de diciembre de 20169:30 p. m.

ARTÍCULO 2o. Modificar el literal B, del artículo 2o del Acuerdo 247 de 2015, expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en el sentido de modificar el numeral 3 y adicionar el numeral 4 así:

3. Sorteo Extraordinario de Navidad – Lotería de Boyacá

SorteoDíaFechaHora
5Viernes16 de diciembre de 201610:30 p. m.

4. Lotería de Bogotá

SorteoDíaFechaHora
1Sábado10 de diciembre de 201610:30 p. m.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Acuerdo 247 de 2015, expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.C., a 9 de septiembre de 2016.

El Presidente,

JAIME EDUARDO CARDONA RIVADENEIRA.

La Secretaria Técnica,

SARA SANDVONIK MORENO.

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