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ACUERDO 475 DE 2019

(junio 26)

Diario Oficial No. 51.015 de 15 de julio 2019

CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

Por el cual se modifica parcialmente el cronograma de sorteos ordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes para el año 2019.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001 y conforme a lo establecido en el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 13 y 19 de la Ley 643 de 2001, los sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías tradicionales se deben efectuar según el cronograma anual que fije el Gobierno nacional.

Que el artículo 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015 establece que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA) definirá el cronograma anual de los sorteos ordinarios y extraordinarios, de acuerdo con las propuestas allegadas por las entidades operadoras del juego de lotería tradicional y con las reglas contenidas en el citado decreto.

Que en cumplimiento de la norma citada, mediante Acuerdo 470 de 2018, el CNJSA expidió el cronograma de sorteos ordinarios del juego de lotería tradicional para el año 2019.

Que en virtud de lo establecido en el inciso cuarto del artículo 2.7.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015, cuando se requiera una modificación del cronograma de sorteos, los operadores de lotería deben enviar previamente la solicitud al CNJSA, indicando claramente las razones que obligan a la modificación.

Que mediante escrito con radicado 20192300186942 del 24 de mayo de 2019, el jefe de la Oficina Comercial de la Lotería de Cauca remite el Acuerdo de Junta Directiva 005 del 6 de mayo de 2019, mediante el cual se solicita modificar el cronograma de sorteos ordinarios expedido por el CNJSA, en el siguiente sentido:

Inicialmente se programó la realización del sorteo 2262 que coincide con el feriado del 20 de julio, para jugarlo el martes 16 de julio de 2019; en atención a que “la empresa anteriormente realizó un sorteo el día martes y no obtuvo los mejores resultados” solicita modificar la fecha de realización del sorteo 2262 y jugarlo el 20 de julio de 2019.

Que respecto de la solicitud presentada por la Lotería del Cauca, se tiene que el inciso final del artículo 2.7.1.3.1 del Decreto 1068 de 2015 establece que “Cuando el día del sorteo coincida con un festivo, la entidad operadora podrá optar por efectuar el juego en un día de la misma semana, o jugar el día festivo correspondiente, o no realizar el sorteo”, a su vez el artículo 2.7.1.3.5 del mismo decreto determina que “Cuando se requiera una modificación de cronograma, los operadores de lotería deben enviar previamente la solicitud al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, indicando claramente las razones que obligan a la modificación.

Que de acuerdo a la solicitud presentada por la Lotería del Cauca y el análisis realizado, el CNJSA considera pertinente modificar el cronograma de sorteos ordinarios expedido por el CNJSA mediante el Acuerdo 470 de 2018.

Que el presente acuerdo fue discutido y aprobado por el CNJSA, en sesión ordinaria número 109 del 26 de junio de 2019.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 3, literal A del artículo 2o del Acuerdo 470 de 2018, el cual quedará así:

3. Lotería del Cauca

ARTÍCULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Acuerdo 470 de 2018.

ARTÍCULO 3o. Los demás términos del Acuerdo 470 de 2018, permanecen sin modificaciones.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de junio de 2019.

La Presidenta,

María Virginia Jordán Quintero.

La Secretaria Técnica,

Gigioly Katerine Grimaldos Robayo.

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