COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES
RESOLUCION 032 DE 1996
(Enero 16)
<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Resolución 87 de 1997>
Por la cual se modifican los plazos para la concesión
de las licencias para el establecimiento de operadores
del servicio de de TPBCLD. y los plazos para el establecimiento
de los cargos por acceso y uso equivalentes y los cargos de
acceso de acuerdo a costos.
LA COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de
las que le confiere el el literal (d) del numeral 3o.
del artículo 74 de la Ley 142 de 1994 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 28 del 14 de diciembre de 1995, la COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES reglamentó la expedición de licencias para el establecimiento de operadores del servicio público de larga distancia nacional e internacional y del espectro electromagnético requerido para el efecto, en cuyo capítulo V se definió el cronograma para tal propósito.
Que mediante Resolución No. 031 del 14 de diciembre de 1995, la COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES establecio los plazos máximos para la determinación de los valores iniciales de los cargos por acceso y uso equivalentes.
Que con el fin de dar total claridad y transparencia al proceso de otorgamiento de las licencias y propiciar la participación de los interesados en el mismo, se estima conveniente modificar el cronograma inicialmente fijado, posponiendo las fechas señaladas en la Resolución No. 28 de la CRT.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. MODIFICACION DE PLAZOS. Modifícase los numerales 25.1, 25.7 y 25.9 del artículo 25 de la Resolución Nº 28 del 14 de diciembre de 1995 de la CRT, los cuales quedarán así:
25.1. SOLICITUDES. El Ministro de Comunicaciones por medio de acto administrativo que se expedirá antes del primero de marzo de 1996 determinará la fecha a partir de la cual podrán presentarse solicitudes para la obtención de licencias, sin que en todo evento dicha fecha no supere la del primero de abril de 1996; así mismo establecerá la fecha límite de presentación, fecha que no podrá ser posterior al primero de julio de 1996 prorrogable hasta por un mes adicional. Dicho acto contendrá el valor de la solicitud de licencia y la forma y lugar en que se debe cancelar dicho valor. De esta forma se modificará lo dispuesto en la Resolución No. 03386 del 15 de diciembre de 1995 expedida por dicho Ministerio.
25.7. OTORGAMIENTO DE LA CONCESION. Los plazos para efectuar el otorgamiento de la concesión y para la firma del acto administrativo por el cual se concede la licencia, se señalarán en los términos de referencia. El plazo de otorgamiento de la concesión que se fije, no excederá del primero de octubre de 1996. El acto de otorgamiento de la concesión se hará mediante Resolución motivada que se notificará personalmente a los solicitantes favorecidos en la forma y términos establecidos para los actos administrativos y, en el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a los no favorecidos en el plazo de cinco (5) días calendario siguientes a la expedición de dicho acto.
25.9 INICIO DE LAS OPERACIONES POR PARTE DE LOS NUEVOS CONCESIONARIOS. La fecha de inicio de operaciones de los nuevos concesionarios será a más tardar el día primero de marzo de 1997.
ARTICULO 2o. OTRAS DISPOSICIONES. <Artículo derogado por el artículo 28 de la Resolución 54 de 1996>
ARTICULO 3o. DETERMINACION CARGOS POR ACCESO Y USO. A mas tardar el primero de abril de 1996 se establecerán los valores de los cargos por acceso y uso equivalentes y los valores de los cargos por acceso y uso de acuerdo a costos, así como los períodos de transición para llegar a estos últimos valores.
ARTICULO 4o. VIGENCIA DE LA RESOLUCION 28 DE 1995. Quedan vigentes las demás condiciones y requisitos establecidos en el capítulo V de la Resolución No. 28 del 14 de diciembre de 1995, las cuales se ajustarán, en lo pertinente, a los nuevos plazos aquí establecidos.
ARTICULO 5o. VIGENCIA La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C. 16 de Enero de 1996
JUAN MANUEL TURBAY MARULANDA
Presidente
DANIEL MEDINA VELANDIA
Coordinador General