RESOLUCIÓN 130 DE 2016
(diciembre 27)
Diario Oficial No. 50.101 de 29 de diciembre de 2016
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 11 de 2017>
Por la cual se Incrementan las tarifas de publicación de los Actos Administrativos y Documentos en el Diario Oficial para el año 2017.
EL GERENTE GENERAL,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 3o del Acuerdo número 001 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo número 001 de 1997, concordante con la Ley 242 de 1995, la Junta Directiva de la Imprenta Nacional de Colombia, señaló como parámetro de incremento de las tarifas de publicación en el Diario Oficial, la inflación esperada para el año correspondiente establecida por la Junta Directiva del Banco de la República y aproximando los valores resultantes a la centena más cercana por exceso o por defecto.
Que la Junta Directiva del Banco de la República fijó en cuatro por ciento (4%) la meta de inflación esperada para el año 2017.
Que conforme al artículo 3o del Acuerdo número 001 de 1997, corresponde al Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia, expedir anualmente la resolución que informe el incremento de la tarifas de publicación, cuya vigencia inicia el primero (1o) de enero de cada año.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Informar las tarifas de publicación para la vigencia comprendida entre el primero (1o) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 2017, de los actos administrativos y documentos que en los términos de ley deben publicarse en el Diario Oficial, así:
Actos administrativos de carácter general, expedidos por entidades públicas del orden nacional, cualquiera que sea su naturaleza
| Acto Administrativo contenido en | Valor de la publicación |
| 1 a 5 páginas | $290.300 |
| 6 a 10 páginas | $350.900 |
| 11 a 20 páginas | $641.400 |
| 21 a 30 páginas | $1.226.400 |
| 31 a 50 páginas | $1.800.600 |
| 51 a 90 páginas | $2.975.650 |
PARÁGRAFO. Cada página debe ser en formato carta u oficio y con letra entre 11 y 13 puntos de interlineado sencillo. La tarifa de publicación para actos administrativos que se reciban con parámetros diferentes a los enunciados, o que consten en 91 o más páginas, será determinada por la Subgerencia Comercial y de Divulgación de la Imprenta Nacional de Colombia mediante cotización, después de efectuado el cálculo del texto, la cual se informará al cliente antes de su publicación.
ARTÍCULO 2o. Establecer las tarifas para los siguientes actos administrativos de carácter general expedidos por entidades públicas del orden nacional, por cada publicación para la vigencia comprendida entre el primero (1o) de enero y treinta y uno (31) de diciembre del año 2017, así:
| Acto Administrativo contenido en | Valor de la publicación |
| Actos administrativos: autos, resoluciones, acuerdos y similares, relativos a programas de Fomento del Sector Agropecuario, que afecten en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en una actuación administrativa. Únicamente la parte resolutiva | $88.000 |
| Actos administrativos: autos, resoluciones, acuerdos y similares, relativos a Defensoría del Pueblo, derechos humanos, vivienda de interés social, que afecten en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en una actuación administrativa. Únicamente la parte resolutiva | $12.500 |
| Actos de disposición, enajenación, uso o concesión de bienes nacionales (aguas, minas, vías, parques, puentes, etc.), cualquiera que sea su forma: acta, acuerdo, resolución, etc. Texto íntegro | $229.250 |
| Edictos, autos, avisos o sentencias judiciales, avisos de liquidación o reclamación prestacional (por cada publicación). | $53.600 |
| Personería Jurídica otorgamiento, cancelación y modificación | $56.400 |
| Inscripción o reforma de estatutos. | $226.600 |
| Autorización para el ejercicio de profesión u oficio. | $37.800 |
| Fijación o modificación de precios y tarifas de bienes y servicios. | $651.400 |
| Avisos sobre fechas y resultados de bonos (por cada publicación). | $53.600 |
PARÁGRAFO 3o. Atendiendo lo establecido en el parágrafo del artículo 95 del Decreto 2150 de 1995, en el que se indica que los actos administrativos de carácter particular y concreto surten efectos a partir de su notificación, la Imprenta Nacional de Colombia prestará el servicio de publicación de los documentos que requieran los peticionarios, de acuerdo con los valores que aparecen en la anterior tabla de tarifas.
PARÁGRAFO 4o. Respecto de los actos administrativos de carácter particular y concreto, vale indicar que su publicación en el Diario Oficial es viable cuando así lo disponga el ente que expide el respectivo acto o cuando las partes que intervengan en el mismo lo dispongan de esa manera, de conformidad con el análisis realizado del artículo 66 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 5o. Cuando se trate de la publicación de los documentos relacionados con balances, cuadros estadísticos, diagramas especiales, o que por su contenido impliquen un trabajo superior de edición o incrementen los costos de producción, el interesado deberá obtener cotización previa de la Imprenta Nacional de Colombia para efectos de establecer el valor a pagar, antes de la orden de publicación.
ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir del primero (1o) de enero de 2017 y deroga la Resolución 132 del 30 de diciembre de 2015 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Expedida en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2016.
El Gerente General,
JAIME OSWALDO NEIRA LA TORRE.