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RESOLUCIÓN 388 DE 2010

(diciembre 2)

Diario Oficial No. 47.936 de 28 de diciembre de 2010

IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA

<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 468 de 2011>

Por la cual se fija el incremento de las tarifas de publicación de contratos en el Diario Oficial-Diario Único de Contratación Pública para el año 2011.

LA GERENTE GENERAL,

en ejercicio de las facultades que le confiere el parágrafo 2o del artículo 5o del Decreto 1477 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que corresponde a la Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia expedir la resolución anual donde fija el incremento de las tarifas de publicación de contratos en el Diario Oficial-Diario Único de Contratación Pública, teniendo como base el porcentaje de inflación esperada para el año correspondiente, de acuerdo con la meta que establezca la Junta Directiva del Banco de la República, ajustando el valor resultante a la centena más cercana.

Segundo. Que la Junta Directiva del Banco de la República fijó en tres punto cero por ciento (3.0%) la meta de inflación esperada para el año 2011, por lo que,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 468 de 2011> Fijar las tarifas de publicación de contratos en el Diario Oficial-Diario Único de Contratación Pública para la vigencia comprendida entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año 2011, serán las siguientes:

DESDEHASTAVALOR DE LA PUBLICACIÓN
Cuantía Indeterminada33.900
$1,00$1.000.000,0033.900
$1.000.001,00$1.400.000,0059.800
$1.400.001,00$1.800.000,0086.500
$1.800.001,00$2.200.000,00116.500
$2.200.001,00$2.600.000,00142.400
$2.600.001,00$3.000.000,00172.700
$3.000.001,00$4.000.000,00185.500
$4.000.001,00$5.000.000,00198.800
$5.000.001,00$7.000.000,00217.400
$7.000.001,00$9.000.000,00259.100
$9.000.001,00$11,000.000,00274.000
$11.000.001,00$14.000.000,00296.500
$14.000.001,00$17.000.000,00322.700
$17.000.001,00$20.000.000,00349.100
$20.000.001,00$25.000.000,00383.200
$25.000.001,00$30.000.000,00420.400
$30.000.001,00$35.000.000,00458.800
$35.000.001,00$40.000.000,00497.200
$40.000.001,00$50.000.000,00535.100
$50.000.001,00$60.000.000,00611.800
$60.000.001,00$70.000.000,00687.800
$70.000.001,00$90.000.000,00764.600
$90.000.001,00$110.000.000,00840.800
$110.000.001,00$140.000.000,00955.800
$140.000.001,00$170.000.000,001.070.400
$170.000.001,00$220.000.000,001.337.900
$220.000.001,00$300.000.000,001.605.400
$300.000.001,00$500.000.000,001.987.800
$500.000.001,00$1.000.000.000,002.752.000
$1.000.000.001,00EN ADELANTE3.822.300

PARÁGRAFO. El valor de las tarifas de publicación para los contratos adicionales en valor se determinará con fundamento en los mismos rangos. Para los contratos adicionales en plazo u otrosí, <sic> el valor de la tarifa de publicación será el mismo de los contratos de cuantía indeterminada.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 468 de 2011> Exceptuar del sistema de tarifación anterior, los siguientes contratos, para los cuales el valor de la publicación en el Diario Oficial-Diario Único de Contratación Pública, para la vigencia comprendida entre el 1o de enero y el 31 de diciembre del año 2011, será:

CLASES DE ACTO O CONTRATOVALOR DE LA PUBLICACIÓN
CONTRATO DE FIDUCIA283.000
CONTRATO ADICIONAL DE FIDUCIA78.300
CONTRATO DE CONCESIÓN3.822.300
CONTRATO ADICIONAL DE CONCESIÓN382.200
CONTRATO DE EMPRÉSTITO309.600
CONTRATO ADICIONAL DE EMPRÉSTITO35.500
CONTRATO DE APORTE CELEBRADO POR EL ICBF CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO29.300
CONTRATO ADICIONAL DE APORTE CELEBRADO POR EL ICBF CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (DECRETO 1529 DE 1996)14.600

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 468 de 2011> La presente resolución rige a partir del primero (1o) de enero de 2011 y deroga la Resolución 448 de 2009.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2010.

La Gerente General,

MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA.

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