RESOLUCIÓN 389 DE 2010
(diciembre 2)
Diario Oficial No. 47.936 de 28 de diciembre de 2010
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 469 de 2011>
Por la cual se fija el incremento de las tarifas de publicación de los actos administrativos y documentos en el Diario Oficial, para el año 2011.
LA GERENTE GENERAL,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 3o del Acuerdo número 001 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Acuerdo número 001 de 1997, concordante con la Ley 242 de 1995, la Junta Directiva de la empresa señaló como parámetro de incremento de las tarifas de publicación en el Diario Oficial, la inflación esperada para dicho año, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República y aproximando los valores resultantes a la centena más cercana por exceso o por defecto.
Segundo. Que la Junta Directiva del Banco de la República fijó en tres (3%), la meta de inflación esperada para el año 2011.
Tercero. Que conforme al artículo 3o del Acuerdo número 001 de 1997, corresponde al Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia, expedir anualmente la resolución que informe el incremento de las tarifas de publicación, cuya vigencia inicia el primero (1o) de cada año, por lo que,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 469 de 2011> Fijar las tarifas de publicación para la vigencia comprendida entre el primero (1) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 2011, de los actos administrativos y documentos que en los términos de ley deben publicarse en el Diario Oficial, así:
Actos Administrativos de Carácter General expedidos por entidades públicas del orden nacional, cualquiera que sea su naturaleza
| ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN | VALOR DE LA PUBLICACIÓN |
| 1 A 5 PÁGINAS | 240.800,00 |
| 6 A 10 PÁGINAS | 291.000,00 |
| 11 A 20 PÁGINAS | 532.000,00 |
| 21 A 30 PÁGINAS | 1.017.300,00 |
| 31 A 50 PÁGINAS | 1.500.800,00 |
| 51 A 90 PÁGINAS | 2.468.000,00 |
PARÁGRAFO. Cada página debe ser formato carta u oficio y con letra entre 11 y 13 puntos de interlineado sencillo. La tarifa de publicación para actos administrativos que se reciban con parámetros diferentes a los ya anunciados, o que consten en 91 o más páginas, será determinada por la Subgerencia Comercial y de Divulgación de la Imprenta Nacional de Colombia mediante cotización, después de efectuado el cálculo del texto, la cual se informará al cliente antes de su publicación.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 469 de 2011> Establecer las tarifas para los siguientes actos administrativos de carácter general expedidos por entidades públicas del orden nacional, por cada publicación para la vigencia comprendida entre el primero (1o) de enero y treinta y uno (31) de diciembre del año 2011, así:
| TIPO DE DOCUMENTO | VALOR DE LA PUBLICACIÓN |
| Actos administrativos: autos, resoluciones, acuerdos y similares, relativos a programas de Fomento del Sector agropecuario, que afecten en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en una actuación administrativa (literal e) del artículo 95 del Decreto 2150 de 1995). ÚNICAMENTE LA PARTE RESOLUTIVA | 72.900,00 |
| Actos administrativos: autos, resoluciones, acuerdos y similares, relativos a Defensoría del Pueblo, Derechos Humanos, Vivienda de Interés Social, que afecten en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en una actuación administrativa. (Literal e)) del artículo 95 del Decreto 2150 de 1995. ÚNICAMENTE LA PARTE RESOLUTIVA | 10.500,00 |
| Actos de disposición, enajenación, uso o concesión de bienes nacionales (aguas, minas, vías, parques, puentes, etc. literal d) del artículo 95 del Decreto 2150 de 1995). Cualquiera que sea su forma: acta, acuerdo, resolución, etc. TEXTO ÍNTEGRO | 190.100,00 |
| Edictos, autos, avisos o sentencias judiciales, avisos de liquidación o reclamación prestacional (por cada publicación). | 31.300,00 |
| Personería jurídica - otorgamiento, cancelación y modificación. | 46.800,00 |
| Inscripción o reforma de estatutos. | 187.900,00 |
| Autorización para el ejercicio de profesión u oficio. | 31.300,00 |
| Fijación o modificación de precios y tarifas de bienes y servicios. | 540.300,00 |
| Avisos sobre fechas y resultados de bonos (por cada publicación) | 31.300,00 |
PARÁGRAFO. Atendiendo lo establecido en el parágrafo del artículo 95 del Decreto 2150 de 1995, en el que se indica que los actos administrativos de carácter particular y concreto surten efectos a partir de su notificación, la Imprenta Nacional de Colombia prestará el servicio de publicación de los documentos que requieran los peticionarios, de acuerdo a los valores que aparecen en la anterior tabla de tarifas.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 469 de 2011> Cuando se trate de la publicación de los documentos relacionados con balances cuadros estadísticos, diagramas especiales, o que por su contenido impliquen un trabajo superior de edición o incrementen los costos de producción el interesado deberá obtener cotización previa de la Imprenta Nacional de Colombia para efectos de establecer el valor a pagar, antes de la orden de publicación.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 469 de 2011> La presente resolución rige a partir del primero (1o) de enero de 2011 y deroga la Resolución 449 de 2009.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2010.
La Gerente General,
MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA.