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RESOLUCIÓN 467 DE 2011

(diciembre 19)

Diario Oficial No. 48.289 de 20 de diciembre de 2011

IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 500 de 2012>

Por la cual se informa el incremento de las tarifas de suscripción al Diario Oficial, el valor de los ejemplares de este periódico conforme a su valor histórico y el valor de las fotocopias para el año 2012.

EL GERENTE GENERAL,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo tercero del Acuerdo número 001 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Acuerdo número 002 de 1997, la Junta Directiva de la empresa señaló como parámetro de incremento de las tarifas de suscripción y venta de ejemplares del Diario Oficial, la inflación esperada para el año correspondiente, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República y aproximando los valores resultantes a la centena más cercana por exceso o por defecto.

Segundo. Que de igual forma, el valor de las fotocopias que soliciten los peticionarios, referente a documentos que reposen en los archivos de la Imprenta Nacional de Colombia, se debe incrementar teniendo en cuenta el porcentaje de inflación esperada, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República y aproximado a los valores resultantes a la centena más cercana por exceso o por defecto.

Tercero. Que la Junta Directiva del Banco de la República fijó en tres por ciento (3%), la meta de inflación para el año 2012.

Cuarto. Que conforme al artículo 3 del Acuerdo número 002 de 1997, corresponde al Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia expedir anualmente la Resolución que informe el incremento de la tarifas de suscripción y venta de ejemplares del Diario Oficial, por lo que,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 500 de 2012> Informar las tarifas de suscripción y venta de ejemplares del Diario Oficial para la vigencia comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 2012:

VALORES DE SUSCRIPCIÓN AL DIARIO OFICIAL

ÍTEMVALOR
SUSCRIPCIÓN 1 AÑO EN BOGOTÁ D.C.180.100.00
SUSCRIPCIÓN 1 AÑO FUERA DE BOGOTÁ D.C.$180.100.00 + portes de correo
SUSCRIPCIÓN 1 AÑO FUERA DE COLOMBIA$263.600.00 + portes de correo

VALORES EJEMPLARES DIARIO OFICIAL

ÍTEMVALOR
EJEMPLARES DEL DIARIO OFICIAL CORRESPONDIENTES A LOS ÚLTIMOS TRES1.100
(3) MESES.
EJEMPLARES DEL DIARIO OFICIAL CUYA FECHA DE PUBLICACIÓN OSCILE ENTRE3.100
TRES (3) MESES Y DOS (2) AÑOS A LA FECHA DE COMPRA
EJEMPLARES DEL DIARIO OFICIAL CUYA FECHA DE PUBLICACIÓN OSCILE ENTRE6.200
DOS (2) AÑOS Y CINCO (5) AÑOS DE LA FECHA DE COMPRA
EJEMPLARES DEL DIARIO OFICIAL CUYA FECHA DE PUBLICACIÓN
SEA MAYOR A CINCO (5) AÑOS A LA FECHA DE COMPRA18.000

PARÁGRAFO 1o. Cuando un Diario Oficial incluye el apéndice “Diario Único de Contratación Pública”, se le adicionará un valor, según su antigüedad, la suma de ocho mil ($8.800) m/cte.

PARÁGRAFO 2o. El valor de la suscripción al Diario Oficial en medio físico, incluirá el de la suscripción electrónica.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 500 de 2012> Informar las tarifas de las fotocopias que los peticionarios soliciten a la Imprenta Nacional de Colombia, para la vigencia comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 2012, así:

ÍTEMVALOR
TAMAÑO CARTA CORRIENTE100.00
TAMAÑO OFICIO CORRIENTE200.00
TAMAÑO CARTA REDUCCIÓN200.00
TAMAÑO OFICIO REDUCCIÓN300.00
TAMAÑO TABLOIDE600.00
IMPRESIÓN LASER1.000.00

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 500 de 2012> La presente resolución rige a partir del primero (1°) de enero de 2012 y deroga la Resolución 390 de 2010.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2011. El Gerente General,

HERNÁN RAMÓN GONZÁLEZ PARDO.

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