RESOLUCIÓN SSPD – 20241000174395 DE 2024
(abril 26)
Diario Oficial No. 52.743 de 30 de abril de 2024
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Por la cual se determina el objeto de la toma de posesión de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP).
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en la Ley 142 de 1994, el Decreto número 1396 de 2020, los artículos 116 numeral 2 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y 9.1.1.1.1 y 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 370 de la Constitución Política y 75 de la Ley 142 de 1994, el Presidente de la República ejerce, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), las funciones de inspección, vigilancia y control de las entidades que presten los servicios públicos domiciliarios.
Que el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios tiene la facultad de tomar posesión de los prestadores de servicios públicos domiciliarios en los casos y para los efectos previstos en la Ley 142 de 1994, cuando se configure alguna de las causales contenidas en el artículo 59 de la referida ley.
Que a los procesos de toma de posesión de empresas de servicios públicos domiciliarios son aplicables, en cuanto sean pertinentes, las normas relativas a la liquidación de instituciones financieras, esto es, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y sus decretos reglamentarios, de conformidad con la remisión contenida en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994.
Que mediante Resolución SSPD 20231000866565 del 27 de diciembre de 2023, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) ordenó la toma de posesión de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), identificada con NIT 891300031-4 e inscrita en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) con el ID 10640, por configurarse la causal prevista en el numeral 59.1 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de dicha resolución.
Que fue designado JORGE ELIÉCER CARO BELLO como Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), quien tomó posesión del cargo 28 de diciembre de 2023, y actualmente desempeña las funciones señaladas en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el artículo 9.1.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010, la Ley 142 de 1994 y demás normas aplicables a la prestación de los servicios a cargo de la intervenida.
Que el parágrafo del artículo primero de la Resolución SSPD 20231000866565 del 27 de diciembre de 2023 dispone que la modalidad de toma de posesión se decidirá dentro del término señalado en el numeral 2 del artículo 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y los artículos 9.1.1.1.1 y 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010.
Que de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, la SSPD dispone de un término de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de toma de posesión, prorrogables por un término igual, para determinar si la empresa intervenida puede o no desarrollar su objeto social conforme con las reglas que regulan su funcionamiento.
Que con el fin de llevar a cabo el procedimiento al que hacen referencia los artículos antes mencionados, a través del radicado SSPD 20246000531401 del 13 de febrero de 2024, la SSPD solicitó a la Agente Especial la información necesaria para determinar la modalidad de toma de posesión de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), dentro de los plazos previstos en las disposiciones antes señaladas.
Que mediante comunicación del 26 de febrero de 2024 radicada bajo el consecutivo SSPD 20245290849292 de 26 de febrero de 2024, el Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) solicitó la prórroga para la presentación del informe que se le solicitó y en el que incluiría los hallazgos que había encontrado de carácter jurídico, técnico, operativo, comercial y financieros.
Que, adicionalmente, la Dirección de Entidades Intervenidas y en Liquidación de la SSPD solicitó a los asesores del Fondo Empresarial la elaboración de un diagnóstico de la compañía que también pudiese servir de insumo para determinar la modalidad de la toma de posesión de la empresa.
Que mediante Resolución SSPD 20241000083505 del 28 de febrero de 2024 la SSPD prorrogó el plazo establecido para determinar el objeto de la toma de posesión de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), de conformidad con el artículo 116 numeral 2 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, hasta el día 28 de abril de 2024.
Que durante los primeros meses del proceso de intervención de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) el Agente Especial enfocó su gestión en la identificación de los factores que generan la difícil situación de la empresa intervenida y en la generación de estrategias para mejorar la prestación a cargo de la ESP.
Que, igualmente, los asesores del Fondo Empresarial de la SSPD, previo diagnóstico de la situación de la empresa, efectuaron recomendaciones para el mejoramiento de cada uno de los componentes evaluados, a saber: técnico-operativo; comercial; tarifario y regulatorio; administrativo, tecnologías de la información y comunicaciones; legal y jurídico; organizacional y de talento humano; ambiental; social y comunitario; así como el financiero.
Que el 16 de abril de 2024 los asesores transversales del Fondo Empresarial presentaron a la SSPD y al Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S.A. ESP), el diagnóstico preliminar de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP).
Que mediante correo electrónico de fecha 25 de abril de 2024 la SSPD recibió de los asesores transversales del Fondo Empresarial, el diagnóstico integral de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), con la cual se atiende lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 25 del Decreto número 1369 de 2020.
Que, en el marco de las facultades contenidas en los artículos 291 y 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la SSPD efectuó la revisión y análisis tanto de la presentación del diagnóstico elaborado por los asesores del Fondo Empresarial de la SSPD, como de la información recopilada por la entidad durante las tres (3) reuniones de seguimiento y monitoreo con corte al mes de marzo de 2024, realizadas durante lo corrido del proceso de intervención, así como de la información presentada por el Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), identificando las siguientes situaciones relevantes y/o principales que afectan la prestación de los servicios y, en consecuencia, permiten definir la modalidad de toma de posesión de la empresa intervenida, en concordancia con las causales de la intervención:
1. ASPECTOS TÉCNICO-OPERATIVOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ACUEDUCTO Y ASEO.
Involucran el incumplimiento de normas legales, reglamentarias y regulatorias del régimen de tales servicios públicos, en concordancia con disposiciones de carácter ambiental que, en el caso del servicio público de aseo, hacen parte de los supuestos fácticos y jurídicos de la prestación del servicio público, en virtud de la Política de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
1.1. Servicio público domiciliario de acueducto:
- COSERVICIOS S. A. ESP registra un alto índice de agua no contabilizada – pérdidas (IANC). Algunos sectores alcanzan valores IANC del 65% y 73% un promedio general del alrededor del 45%) – (Resolución CRA 943 de 2021), lo que redunda en el desempeño del indicador de presiones (MVCT 330 de 2017, Contrato de Condiciones Uniformes y Resolución MVCT 1096 de 2000).
- Falta de focalización y definición de acciones que permitan tener un impacto positivo en la recuperación de metros cúbicos no facturados y en el índice de pérdidas por suscriptor facturado (IPUF). El comportamiento del IPUF por parte de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) ha reportado una variación contradictoria, con valores que oscilan entre 19.7, 8.6 y 3.36, lo que demuestra una debilidad notable en el control de pérdidas.
- Considerando que la prestación del servicio público de alcantarillado está asociada a la de acueducto, la PTAR inició diseños en el año 2005 y fue construida entre los años 2010 a 2015. Aún no ha entrado en operación. La fase construida no cumple la normatividad vigente. Requiere al menos los siguientes ajustes: i) Optimizar las estructuras de entrada; Completar los reactores de tratamiento primario; iii) Optimizar los espesadores; iv) Implementar el tratamiento secundario de lodos activados, v) Revisar y mantener todo el sistema electromecánico actual. La PTAR solo puede tratar a nivel primario alrededor de 98 l/s.
- La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) carece de planeación integral y de obras de expansión, en los sistemas de acueducto, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
1.2. Servicio público de aseo:
- Fallas en la prestación de la actividad complementaria de recolección y transporte de residuos no aprovechables del servicio público de aseo (Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015):
a. Incumplimiento de los requisitos de la actividad de recolección y transporte;
b. Vehículos compactadores averiados y en condiciones no adecuadas para prestar la actividad complementaria de recolección y transporte del servicio de aseo (cinco vehículos deteriorados con fallas mecánicas y sin vida útil);
c. Falta de vehículo de suplencia como respaldo de la prestación del componente de recolección y transporte.
- Fallas en el sistema de disposición final (Relleno Sanitario Terrazas del Porvenir) (Resolución MVCT 938 de 2019 y Decreto número 1784 de 2017):
a. Acumulación de lixiviados y gas;
b. Manejo inadecuado de lixiviados;
c. Inestabilidad;
d. Manejo inadecuado de sistemas de canalización de aguas lluvias.
e. Agotamiento de la vida útil en 18 meses que equivalen a 96,600 m 3.
- Suspensión temporal de la actividad de disposición final por la autoridad ambiental (Corpoboyacá):
a. Incumplimiento del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del SDF por saturación de lixiviados e inestabilidad de áreas clausuradas;
b. Manejo inadecuado de lixiviados.
En este punto es importante resaltar que la orden de cierre de un sitio de disposición final por parte de una autoridad ambiental tiene impactos en el régimen del servicio público de aseo, en la medida que, conforme con lo previsto en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, la persona del servicio público de aseo en la actividad de disposición final de residuos sólidos debe constituir y mantener una provisión que garantice la disponibilidad permanente de las sumas acumuladas durante el periodo de operación del relleno sanitario, necesarias para construir las obras de clausura y postclausura requeridas y llevar a cabo el monitoreo para dichas etapas.
- Agotamiento de la vida útil del sitio de disposición final Terrazas del Porvenir:
a. Insuficiencia para recibir los residuos provenientes de los 42 municipios del departamento de Boyacá. A diciembre de 2022 el sitio de disposición final tenía una vida útil proyectada hasta septiembre de 2023 y sin inversión en obra el sitio (Vaso D de la Terraza 12) sólo tendría ocho (8) meses más, ante el cierre.
- Afectaciones por el cierre del sitio de disposición Terrazas del Porvenir:
a. Impacto en la vida útil del relleno sanitario Parque Ambiental Pirgua (Tunja);
b. Incremento en los costos y tarifa de transporte.
Así mismo, se identificaron otras situaciones empresariales de riesgo que, si bien no guardan una relación directa con las causales de intervención, impactan de manera colateral la prestación de los servicios públicos de acueducto y aseo, así:
2. ASPECTOS COMERCIALES, TARIFARIOS Y REGULATORIOS:
2.1. COMERCIALES:
- Inadecuada gestión de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado con los grupos de interés, principalmente con los municipios.
- Desinformación frente a los nuevos proyectos y falta de gestión oportuna para la vinculación de nuevos suscriptores.
- Ausencia de información confiable de los suscriptores para la gestión y toma de decisiones en los procesos de medición y facturación.
- Crecimiento y envejecimiento gradual de la cartera, pasando de COP 2.600 millones en el año 2019 a COP 4.070 millones en el 2023.
- Incremento de la facturación por promedio, aumento de la cartera, insatisfacción del usuario y afectación a los ingresos por el incremento de fallos a favor del usuario por parte de la SSPD, generando ajustes en los valores de las facturas.
- Incremento de las PQR y alto porcentaje de respuestas a favor del usuario. En el 2023 el 90% de las POR se resolvieron a favor del usuario.
- Los indicadores de micromedición nominal y efectiva de COSERVICIOS S. A. ESP no son claros, ya que la micromedición no se presenta conforme al plan maestro de facturación (por uso y estrato), por lo tanto, resultan insuficientes para tener un conocimiento integral y detallado del plan de micromedición dirigido, entre otros fines, a lograr mejoras en los indicadores comerciales de micromedición y, en el mismo sentido, a generar un impacto positivo en el indicador de recaudo de la empresa.
- La SSPD evidenció un cargue al Sistema único de información (SUI) deficiente por parte de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) lo cual dificulta el normal ejercicio de las funciones de vigilancia, inspección y control de la entidad. A la fecha de expedición de la presente resolución, el mencionado prestador tiene 448 pendientes de reporte, lo cual refleja la falta de oportunidad en la presentación de la información.
2.2. TARIFARIOS Y REGULATORIOS:
- Incorrecta aplicación de la metodología establecida en el Título 2 Parte 1 del Libro 2 de la Resolución CRA 943 de 2021 para la estimación de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.
- Incumplimiento de los proyectos, plazos y montos establecidos en el POIR del estudio de costos.
3. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS, DE TECNOLOGÍA, INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES:
- Carece de la debida planeación institucional. Ausencia de:
a. Plan Estratégico;
b. Plan de Gestión y Resultados;
c. Plan de Acción;
d. Cuadro de mando integral de control de procesos, indicadores y metas.
- No existe un archivo institucional que cumpla con la organización, el flujo, las características y la custodia requerida normativa ni funcionalmente, ni con la herramienta informática para su administración.
- Obsolescencia en equipos y servidores, además de carecer de Política Interna de Uso de Recursos / Insumos de Tecnología; con posibles riesgos de pérdida de datos.
- Inseguridad informática generada desde los medios obsoletos que están en uso actualmente en la entidad.
- Carece de herramientas modernas de comunicación interna entre todas las áreas.
- Carece de seguimiento a los activos fijos y móviles, tangibles e intangibles de la entidad, al igual que para el acceso del personal a las instalaciones.
4. ASPECTOS LEGALES Y JURÍDICOS:
- Incumplimiento de pago de sanciones administrativas en firme (Corpoboyacá y SSPD).
- No existe un criterio estandarizado para estimar las contingencias por parte del área jurídica o los apoderados de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP y no se identificó una debida provisión.
- Inexistencia del procedimiento de cobro prejurídico y jurídico de la cartera que debe adelantar la empresa.
- Desactualización del Manual de Contratación vigente (en las modalidades de selección predomina la contratación directa y mínima cuantía que permite hacer una selección inmediata de los contratistas sin observar las reglas de la selección objetiva y pluralidad de oferentes).
- Dispersión contractual en la construcción de la nueva sede administrativa de Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP)
- Inoperatividad del Comité de Contratación.
- Inconvenientes en la ejecución y realidad del CONTRATO 063-2022: Contrato para el diseño, construcción, montaje, arranque, puesta en marcha y entrega en operación de la planta de tratamiento de lixiviados para el relleno sanitario regional Terrazas El Porvenir ubicado en el municipio de Sogamoso.
5. ASPECTOS DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y DEL TALENTO HUMANO:
- Desactualización de la estructura interna, manual de funciones y de su articulación con los procesos misionales y administrativos:
a. La estructura organizacional data de 2016 y si bien está diagnosticada la necesidad de un proceso específico de modernización, a la fecha no se ha implementado;
b. La estructura de la empresa carece de los procesos de control interno disciplinario y de comunicaciones internas y externas;
c. Ausencia de una oficina de peticiones y recursos (Ley 142 de 1994), oficina de gestión social y relacionamiento comunitario, así como de una oficina para gestión de control de pérdidas;
d. La estructura de la oficina jurídica no atiende las necesidades internas y externas de la empresa;
e. Algunos procesos se encuentran normalizados en regulaciones internas y en la convención colectiva, generando divergencias de interpretación.
- Ausencia de políticas y planes de bienestar y de desarrollo del talento humano por parte de la Dirección de Recursos Humanos.
6. ASPECTOS AMBIENTALES QUE INCIDEN EN LA PRESTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE DISPOSICIÓN FINAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO:
- Proceso sancionatorio: Resolución número 1080 del 25 de mayo 2023. Cierre temporal del Relleno Sanitario “Terrazas del Porvenir” y materialización en condenas.
- Proceso sancionatorio: Resolución 2639 del 13 de diciembre del 2022. Sanciones económicas: Incumplimiento en la implementación de actividades incluidas en el PSMV.
- Pasivo ambiental en el relleno sanitario de Terrazas del Porvenir: Requiere gestión y provisión de recursos necesarios para implementar la clausura y postclausura.
- Incumplimiento en las medidas compensatorias establecidas por Corpoboyaca en los diferentes actos administrativos de autorizaciones de permisos y licencias.
7. ASPECTOS COMUNITARIOS:
- Inadecuada planeación estratégica e implementación de políticas de relacionamiento comunitario y social.
- Debilidad en los procesos y espacios que posibiliten el control social a la gestión pública de la empresa.
- Desinformación de los usuarios sobre la potencialidad de la empresa para una gestión moderna e integral de la prestación del servicio en el territorio.
- Ausencia de un proceso institucional que reconozca el valor de gestión social y comunitaria en la gestión pública de la empresa.
8. ASPECTOS FINANCIEROS:
La falta de una gestión financiera eficaz y una coordinación corporativa adecuada representan una debilidad significativa que amenaza la capacidad de atender las obligaciones reveladas y no reveladas de corto plazo, arriesgando la suficiencia técnica y operativa de la empresa y el cumplimiento de su objeto misional:
- Acumulación de pasivos con altos costos que pagan inclusive tasa de interés moratoria.
- Gastos tributarios, consecuencia de una inadecuada planificación financiera y contable.
- La incorrecta aplicación de la metodología para la estimación de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, implica un riesgo potencial para las finanzas de la empresa amenazando su liquidez.
- La omisión del giro de los subsidios por parte del municipio puede afectar gravemente el flujo de caja y suficiencia financiera de la empresa.
En conjunto, estas deficiencias están teniendo un impacto negativo en la eficiencia operativa, la rentabilidad y la sostenibilidad financiera de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP). Es crucial que la empresa aborde estas áreas de mejora con prontitud y tome medidas concretas para fortalecer su política corporativa y mejorar su gestión financiera en general. De lo contrario, corre el riesgo de enfrentar desafíos aún mayores en el futuro, tanto en términos operativos como financieros que amenazaran la sostenibilidad de la empresa.
El análisis financiero estructurado a partir de la información suministrada por la empresa (que en la mayoría de oportunidades resulta inconsistente), en contraste con las proyecciones elaboradas, tanto por el equipo de asesores transversales del Fondo Empresarial como de monitoreo de esta SSPD, reveló que la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) presenta en los balances un desempeño “aparentemente” positivo, con indicadores financieros que reflejarían una gestión “aparentemente” adecuada (valga la redundancia). Sin embargo, existen necesidades asociadas a la operación de los servicios de AAA que no han sido considerados ni provisionados en los estados financieros y que eventualmente impactarían importantemente estos resultados.
Durante el período analizado (2014-2023), si bien la empresa ha logrado mantener una ejecución promedio del 98,6% en la recaudación de ingresos corrientes, es importante señalar que este rendimiento, aunque aparentemente sólido, ha sido acompañado por el uso de fuentes no convencionales a la operación, como lo han sido la dependencia a ingresos no recurrentes y excepcionales para alcanzar la meta presupuestaria. Esto plantea preocupaciones sobre la sostenibilidad a largo plazo.
Por otro lado, en cuanto a los gastos, se ha observado una ejecución promedio del 86% en los gastos de funcionamiento y del 54% en los gastos de inversión durante el período analizado. Esta discrepancia entre los gastos reales y la programación presupuestaria ha generado desafíos significativos a corto y mediano plazo, como la falta de capacidad para cumplir los propósitos presupuestales de la vigencia, enfrentar nuevas demandas de inversión, cumplir con los pasivos causados, como las deudas laborales (ej. pensiones y cesantías retroactivas) o la pérdida de oportunidades estratégicas debido a limitaciones financieras. Por lo tanto, es crucial que la empresa revise y ajuste sus estrategias de gasto para garantizar un equilibrio financiero sostenible y una ejecución efectiva de sus proyectos prioritarios. Esto articulado de manera adecuada y objetiva a los diferentes instrumentos financieros que tiene toda empresa a su disposición y que debe implementar, propendiendo por fomentar un marco de gobierno corporativo robusto.
Es fundamental reconocer que existen problemas de fondo que requieren una revisión exhaustiva y una acción inmediata tanto contable como presupuestal. Hechos que se reflejan en: i) la falta de políticas corporativas actualizadas, ii) procesos desarticulados en la aprobación de cuentas de cobro, iii) la carencia de una estructura de costos por línea de negocio sistematizada, iv) una estructura financiera desorganizada y, v) la ausencia de un gobierno corporativo claro, acompañado de una falta de competencia técnica, entre otros asuntos.
A todo lo anterior, se suma la incorrecta aplicación de la metodología tarifaria, así como la ausencia de gestión eficiente ante la omisión del giro de subsidios, aspectos que comprometen la sostenibilidad operativa y financiera de corto, mediano y largo plazo de la entidad.
En consecuencia, a partir de la toma de posesión de la SSPD, cuyo propósito esencial es salvaguardar la prestación de los servicios públicos, deben tomarse medidas para amparar la sostenibilidad financiera y operativa de la empresa que garanticen la ejecución y puesta en marcha de las acciones que permitan superar a corto plazo, como mínimo, las causales de intervención.
Ahora bien, respecto del flujo de caja proyectado para la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) para 2024, con posterioridad a la orden de toma de posesión, se tiene que el estimado de ingresos totales proyectados, ascienden a COP 48.800 millones, bajo un supuesto consistente con el crecimiento de la canasta del consumidor. Por su parte, los gastos estimados seguirían el curso habitual que llevan en la gestión administrativa, técnica y operativa, que comprende además la implementación de inversiones obligadas tarifariamente y de corte estratégico. En consecuencia, al término de esta vigencia 2024, sin incluir la disponibilidad inicial, ni recurrir a algún mecanismo de financiamiento de corto plazo, se estima un balance de cierre equilibrado, en términos de la operación, quedando con una estrecha disponibilidad operativa por COP 5.000 millones, indispensable para el respaldo de la operación de un mes y medio de la empresa.
No obstante, este equilibrio aparente en la operación, para el ejercicio de inversión resulta deficitario aproximadamente en COP 7.700 millones, atendiendo, entre otros, los gastos adicionales dirigidos a emprender la ruta de prestación de los servicios de acueducto y aseo en condiciones de calidad y continuidad debidas, debido a la inminente necesidad de: i) Adquirir vehículos para la operación y recolección de basuras por COP 5.100 millones, partiendo del hecho que los vigentes se encuentran obsoletos; ii) Pagar completamente las sanciones y obligaciones ambientales causadas que pueden alcanzar los COP 3.000 millones y, iii) Contratar el estudio y diseño de la optimización del sistema de disposición final por COP 1.200 millones.
Que teniendo en cuenta lo antes expuesto, se tiene que, con el mejoramiento de aspectos administrativos, optimización de recursos, mejores prácticas operativas, entre otras estrategias, la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) puede superar las causales de toma de posesión en un plazo que no supera el término establecido para la toma de posesión en la modalidad de administración.
Que, igualmente, pese a que se identificaron situaciones críticas colaterales, no se evidenciaron factores por los cuales empresa no pueda continuar desarrollando las actividades para las cuales fue creada, esto es, la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. DETERMINAR que la modalidad de la toma de posesión de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), será la de administración.
ARTÍCULO 2o. ORDENAR la notificación de la presente resolución a la Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP), ingeniero JORGE ELIÉCER CARO BELLO.
ARTÍCULO 3o. ORDENAR la publicación de la presente resolución en un lugar visible de las oficinas de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. ESP (COSERVICIOS S. A. ESP) por el término de siete (7) días hábiles, así como la publicación por una (1) sola vez en un diario de amplia circulación nacional, de un aviso informando sobre la expedición de la misma.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra ella procede el recurso de reposición dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., 26 de abril de 2024.
El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios
Dagoberto Quiroga Collazos.