Contiene resoluciones expedidas por la entidad seleccionada, organizadas por orden cronológico.
Por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres; Arts. 6o. Num. 2o.; 7o. Nums. 3o. y 4o.; 19 Nums. 4o. y 8o.; 34 Num. 2o.; 35 Num. 8o. y Par. 1o.; 36 Nums. 9o. y 11; Arts. 6o. Num. 2o.; 7o. Nums. 3o. y 4o.; 19 Nums. 4o. y 8o.; 34 Num. 2o.; 35 Num. 8o. y Par. 1o.; 36 Nums. 9o. y 11
(Conjunta - MAVDT) Por medio de la cual se reglamenta el parágrafo del artículo 15 del Decreto 1575 de 2007, "por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano"
Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne proveniente del orden Crocodylia destinada para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación; Art. 13; Art. 13
Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los establecimientos que ofrecen servicio de estética ornamental tales como, barberías, peluquerías, escuelas de formación de estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines y se dictan otras disposiciones; Art. 3o. Num. 2o.; Art. 3o. Num. 2o.
Derogado Por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres; Arts. 6o. Lit. d.; 7; 8; 9; 12; 13; 36; Arts. 6o. Lit. d.; 7; 8; 9; 12; 13; 36
Por medio de la cual se adoptan unos formularios para la práctica de visitas de inspección sanitaria a los sistemas de suministro de agua para consumo humano
Derogado Por la cual se señalan las actividades consideradas como peores formas de trabajo infantil y se establece la clasificación de actividades peligrosas y condiciones de trabajo nocivas para la salud e integridad física o psicológica de las personas menores de 18 años de edad; Art. 2o. Num. 5o.; Art. 2o. Num. 5o.
Por la cual se adopta un método para análisis microbiológico de aguas para consumo humano validado por el Instituto Nacional de Salud
MAVDT (Conjunta) Por medio de la cual se definen los lineamientos a partir de los cuales la autoridad sanitaria y las personas prestadoras, concertadamente definirán en su área de influencia los lugares y puntos de muestreo para el control y la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano en la red de distribución
(Conjunta MAVDT) Por medio de la cual se señalan características, instrumentos básicos y frecuencias del sistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano
Derogado Por la cual se desarrolla la facultad contenida en el numeral 23 del artículo 245 del Decreto 2737 de 1989 o Código del Menor, "por el cual se expide el Código del Menor"; Art. 1o. Num. 5o.; Art. 1o. Num. 5o.