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RESOLUCIÓN SSPD – 20241000002635 DE 2024

(enero 5)

Diario Oficial No. 52.643 de 19 de enero de 2024

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Por la cual se designa un nuevo Agente Especial para la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESP (ESSMAR ESP).

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994, el Decreto número 1369 de 2020, los artículos 291 y 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sus Decretos Reglamentarios, la Resolución SSPD 20231000264475 de 2023 y,

CONSIDERANDO:

Que el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios tiene la facultad de tomar posesión de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios en los casos y para los efectos previstos en la Ley 142 de 1994, cuando se configure alguna de las causales contenidas en el artículo 59 ibídem.

Que mediante Resolución SSPD 20211000720935 de 2021, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESP (ESSMAR ESP), por encontrarse incursa en las causales 59.1 y 59.7 de la Ley 142 de 1994.

Que a los procesos de toma de posesión de empresas de servicios públicos domiciliarios son aplicables, en cuanto sean pertinentes, las normas relativas a la liquidación de instituciones financieras, esto es, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y sus decretos reglamentarios, de conformidad con la remisión contenida en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994.

Que de conformidad con el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, corresponde al Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios la designación de Agentes Especiales para las empresas de servicios públicos domiciliarios en toma de posesión.

Que mediante Resolución número 20221000943055 de 2022, “Por la cual se designa un Agente Especial para la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E.S.P.”, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios decidió “DESIGNAR a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P., identificada con el NIT. 890904996-1 representada legalmente por el ingeniero Jorge Andrés Carrillo Cardoso, identificado con la cédula de ciudadanía número 79065374, como Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESSMAR E.S.P.”, quien a través de su representante legal tomó posesión del cargo el día 13 de octubre de 2022.

Que además de la designación como agente especial, la SSPD, a través del PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO FONDO EMPRESARIAL, constituido mediante la celebración de un Contrato de Fiducia Mercantil administrado por BBVA ASSET MANAGEMENT S. A. SOCIEDAD FIDUCIARIA, actuando en su calidad de vocera y administradora, firmó con EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. (EPM ESP), el Contrato de Asesoría Técnica # F.E. 007-001-2023 el 13 de enero de 2023, para brindar apoyo y acompañamiento en las actividades profesionales requeridas en el área administrativa, comercial, financiera, técnica, logística y aquellas otras, asociadas a la gestión de la ESSMAR.

Que el contrato con EPM ESP tiene como objeto: Proveer asesoría, apoyo y acompañamiento en las actividades profesionales requeridas en el área administrativa, comercial, financiera, técnica, logística y aquellas otras, asociadas a la gestión de la ESSMAR y su proceso de intervención ( en adelante y conjuntamente “Las Áreas”): i) “A la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (en adelante la “SSPD”) frente a la medida de intervención adelantada por la SSPD sobre la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta E.S.P. (en adelante la “ESSMAR”) y, ii) A la empresa objeto de toma de posesión ESSMAR (y a su personal), en desarrollo de su objeto social y en el marco del proceso de intervención, para permitir la adecuada prestación de los servicios de Acueducto, Alcantarillado, Aseo y Alumbrado Público”.

Que EPM ESP ha ejercido las funciones de Agente Especial, a través de un apoderado general, con cuyas gestiones han logrado mejoras en la prestación de los servicios públicos domiciliarios a cargo de la ESSMAR ESP, lo que ha significado un avance evidente en la mejoría en los servicios públicos, con la correspondiente transferencia de conocimiento técnico especializado de las EPM ESP a la ESSMAR EPS, como fue propuesto. En consecuencia, la SSPD estima que ya no se requiere un Agente Especial en condición de persona jurídica en la ESSMAR ESP, teniendo en cuenta que el contrato tiene como fecha de terminación el 12 de enero de 2024 y que la planta de personal ya recibió la transferencia de conocimiento. Por ello, resulta pertinente la designación de un nuevo Agente Especial para la ESSMAR ESP, en calidad de persona natural.

Que la SSPD se reunió el día 12 de diciembre de 2023 con los trabajadores de la ESSMAR ESP, con el fin de planear el rumbo de la empresa en la vigencia 2024. Allí se definió que: “(…) la empresa ESSMAR ESP seguiría intervenida y que se realizaría la designación de un nuevo Agente Especial. Los trabajadores se comprometieron a apoyar la gestión del nuevo Agente Especial que designe la Superservicios. [Adicionalmente,] en la reunión hubo intervenciones de los trabajadores en donde el Superintendente escuchó las apreciaciones que estos tienen sobre la empresa ESSMAR”.

Que, posteriormente, la SSPD se reunió el día 4 de enero de 2024 con los representantes de los trabajadores de la ESSMAR ESP, acordando designar “como nuevo Agente Especial el Ingeniero Jorge Hernán López Echeverry, a partir de un ejercicio participativo y consensuado entre los trabajadores, así como propuestas del equipo directivo que acompañará al nuevo Agente Especial”.

Que el señor Jorge Hernán López Echeverry, identificado con cédula de ciudadanía número 7534032 de Armenia (Quindío), allegó a la SSPD su hoja de vida con los soportes respectivos de estudio y experiencia profesional, entre otros, en los cuales consta que cumple con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución SSPD 20231000264475 de 2023(1), sin presentarse a la convocatoria celebrada en la vigencia 2023 para integrar la lista de aspirantes a agentes especiales y liquidadores.

Que el parágrafo 1 del artículo 26 de la Resolución SSPD 20231000264475 de 2023, establece que “(…) considerando que es facultativo del Superintendente hacer uso de una lista de aspirantes, podrá designar para el cargo de agente especial y/o liquidador a determinada persona natural o jurídica, que no figure en una lista, sin acudir al procedimiento de selección y designación establecido en el presente reglamento”.

Que los Agentes Especiales deben ejecutar su gestión garantizando la prestación de los servicios públicos domiciliarios y, en general, el cumplimiento de los objetivos del proceso de intervención, para lo cual cumplen con las funciones y competencias que se encuentran señaladas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto número 2555 de 2010, las que le impone la Ley 142 de 1994 y demás normas aplicables a la prestación de los servicios a cargo de la empresa intervenida; y deben atender los lineamientos básicos de gestión previstos en la Circular Externa SSPD 20161000000034 de 2016(2), o aquella que la modifique o sustituya.

Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Remover, como Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESP (ESSMAR ESP), a EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, identificada con el NIT. 890904996-1.

PARÁGRAFO. EPM ESP desempeñará las funciones de Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESP (ESSMAR ESP) hasta tanto el nuevo Agente Especial tome posesión del cargo.

ARTÍCULO 2o. Designar al Ingeniero Jorge Hernán López Echeverry, identificado con cédula de ciudadanía número 7534032 de Armenia (Quindío), como Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta ESP (ESSMAR ESP).

PARÁGRAFO 1o. El Agente Especial designado deberá aceptar su designación y tomar posesión del cargo ante este Despacho a más tardar el 12 de enero de 2024.

PARÁGRAFO 2o. Las funciones y competencias de los Agentes Especiales se encuentran señaladas en los artículos 291 y 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, 9.1.1.2.1 y 9.1.1.2.4 del Decreto número 2555 de 2010, las que le impone la Ley 142 de 1994 y demás normas aplicables a la prestación de los servicios a cargo de la empresa intervenida.

PARÁGRAFO 3o. Sin perjuicio de las funciones y competencias señaladas en el parágrafo anterior, el Agente Especial designado se compromete a informar previamente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios toda gestión y compromiso que pueda afectar el patrimonio de la intervenida en el corto, mediano y largo plazo, de manera que cualquier compromiso de la ESP pueda considerarse dentro del esquema de solución empresarial. Las gestiones y compromisos a que se hace referencia incluyen, pero no se limitan a: compromisos presupuestales, contractuales, laborales y de inversión.

ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de la presente resolución al ingeniero Jorge Hernán López Echeverry, identificado con cédula de ciudadanía número 7534032 de Armenia (Quindío).

ARTÍCULO 4o. Comunicar el contenido de la presente resolución al representante legal de EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P., identificada con el NIT. 890904996-1.

PARÁGRAFO 1o. EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN ESP, como Agente Especial saliente, deberá hacer entrega al Agente Especial designado, de un informe final de su gestión, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la comunicación de la presente resolución, con copia a la Dirección de Entidades Intervenidas y en Liquidación de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de enero de 2024.

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

Dagoberto Quiroga Collazos.

NOTAS AL FINAL:

1. “Por la cual se reglamenta la integración de una lista de aspirantes y otros aspectos para la designación de los agentes especiales y liquidadores para los prestadores de servicios públicos domiciliarios bajo la medida de toma de posesión”.

2. “Facultades de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en los procesos de toma de posesión e instructivo de lineamientos básicos de gestión de la medida”.

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