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RESOLUCIÓN SSPD – 20241000082275 DE 2024

(febrero 28)

Diario Oficial No. 52.688 de 4 de marzo de 2024

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Por la cual se adiciona la Resolución SSPD 20231000401855 del 19 de julio de 2023, por la cual se realizó el levantamiento parcial de la suspensión de pagos.

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las contenidas en la Ley 142 de 1994, el Decreto número 1369 de 2020, el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto número 2555 de 2010, y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 370 de la Constitución Política y 75 de la Ley 142 de 1994(1), el Presidente de la República ejerce por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), las funciones de inspección, vigilancia y control de las entidades que prestan los servicios públicos domiciliarios.

Que el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios tiene la facultad de tomar posesión de los prestadores de estos servicios, en los casos y para los efectos previstos en la Ley 142 de 1994, cuando se configure alguna de las causales contenidas en el artículo 59 ibídem.

Que, a los procesos de toma de posesión de empresas prestadoras de estos servicios, le son aplicables las normas relativas a la liquidación de instituciones financieras, esto es, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y sus decretos reglamentarios, en cuanto sean pertinentes, de conformidad con la remisión contenida en el artículo 121 de la Ley 142 de 1994.

Que mediante Resolución número 20231000173785 del 2 de marzo de 2023, la SSPD ordenó la toma de posesión de la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar S.A. ESP (EMDUPAR S.A. ESP), por encontrarse incursa en las causales 59.1 y 59.7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994, y se ordenó la suspensión de pagos, de las obligaciones que se causaron hasta el momento en que se efectuó la toma de posesión.

Que mediante Resolución SSPD 20231000196105 del 15 de marzo de 2023, se designó como Agente Especial de la EMDUPAR S.A. ESP al ingeniero Pablo Andrés Jaramillo Reyes, quien tomó posesión del cargo el 17 de marzo de 2023, y, desde entonces, desempeña las funciones señaladas en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el artículo 9.1.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010, la Ley 142 de 1994 y demás normas aplicables a la prestación de los servicios a cargo de la intervenida.

Que el parágrafo segundo del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, dispone en referencia a la facultad de suspensión de pagos, “En desarrollo de la facultad de suspender los pagos, la Superintendencia Financiera de Colombia(2), de acuerdo con la situación de la entidad y las causas que originaron la toma de posesión, podrá disponer, entre otras condiciones, que esta sea general, o bien que opere respecto de determinado tipo de obligaciones en particular y/o hasta por determinado monto (…)”.

Que mediante comunicación GG–GG 215 del 19 de julio de 2023, el Agente Especial de la EMDUPAR S.A. ESP solicitó a la SSPD el levantamiento de suspensión de pagos de cuentas por pagar pretoma, las cuales, de acuerdo con lo señalado en el citado oficio, corresponden a obligaciones laborales que han sido causadas al momento de la toma de posesión, solicitud que fue atendida mediante la expedición de la Resolución SSPD 20231000401855 del 19 de julio de 2023, por la cual se levantó parcialmente la orden de suspensión de pagos, respecto de obligaciones prioritarias de carácter laboral.

Que mediante comunicación con radicado GG–GG 016 del 30 de enero de 2024 el ingeniero Pablo Andrés Jaramillo Reyes, en su calidad de agente especial de la EMDUPAR S.A. ESP solicitó a la Superservicios el levantamiento de suspensión de pagos de algunas cuentas por pagar previas a la toma, que no se incluyeron en la solicitud de fecha 19 de julio de 2023, y que igualmente corresponden a obligaciones prioritarias de carácter laboral, que se encontraban causadas al momento de la toma de posesión, y las relaciona de la siguiente forma:

Tipo de Obligación Concepto Valor
Laboral Liquidación de prestaciones sociales COP 152.725.284,00

Que, de acuerdo con los análisis efectuados durante el proceso de intervención de la EMDUPAR S.A. ESP, y las consideraciones y soportes de la Agente Especial en su solicitud, se evidencia que dicha decisión tiene como finalidad la protección de derechos fundamentales y que, actualmente la empresa intervenida cuenta con la disponibilidad presupuestal y de caja para hacer el pago inmediato de dicha acreencia.

Que, conforme con lo expuesto, se procederá a levantar parcialmente la orden de suspensión de pagos de la EMDUPAR S.A. ESP, en atención a los argumentos esbozados, y a lo dispuesto en el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto número 2555 de 2010.

Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar al artículo primero de la Resolución SSPD 20231000401855 del 19 de julio de 2023, los siguientes conceptos:

Tipo de Obligación Concepto Valor
Laboral Liquidación de prestaciones sociales $ 152.725.284.00

ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente resolución al ingeniero Pablo Andrés Jaramillo Reyes, Agente Especial de la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar S.A. ESP (EMDUPAR S.A. ESP).

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2024.

El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

Dagoberto Quiroga Collazos.

NOTAS AL FINAL:

1.Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”.

2. Conforme lo dispone el inciso 5 del artículo 121 de la Ley 142 de 1994, “Las referencias que allí se hacen respecto a la Superintendencia Bancaria y al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras se entenderán hechas a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios”.

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